En materia de honorarios rige lo pactado entre Abogado y cliente. Si no existe acuerdo previo sobre honorarios o no se puede acreditar (cuando fue verbal, por ejemplo), habrá que estar a los Criterios establecidos por el Colegio de Abogados de la ciudad donde haya realizado el servicio profesional.
Si el Abogado le reclama el pago por vía judicial, y Ud se opone alegando que es excesivo, debe tener en cuenta para razonarlo cuales son esos criterios, porque, después, es ese Colegio el que tendrá que emitir un dictamen al respecto, que en el Juzgado a veces se modera y otras veces se toma en cuenta tal cual.
En definitiva, trate de averiguar qué dicen los criterios del Colegio de Abogados, sobre los honorarios de esa actuación.
buenos días:
El abogado nos solicita 2.500 euros por acudir a un juicio rapido que se resolvio en una mañana favorablemente y una hora de consulta en el despacho. No quiere hacer factura y únicamente firmamos un documento al iniciar el procedimiento pero no indicaba ningún importe. El día del juicio rápido era el 24 de diciembre. Es legal que pueda solicitar esa cantidad , que baremos tienen y que podemos hacer