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honorarios administracion judicial

11 Comentarios
 
Honorarios administracion judicial
15/07/2009 14:13
A una persona le han ofrecido proponerlo para Administrador Judicial de un juicio de particion de herencia.
¿A que honorarios tendrá derecho el Administrador Judicial y como se calculan?.
Es para saber si vale la pena, aceptar el cargo.
17/07/2009 18:29
¿Alguien tiene experiencia en esto?.
20/07/2009 13:53
Para orientarte, tienes que conocer la cuantía en litigio y demás datos, y buscar la norma de honorarios de tu colegio para orientarte sobre los mismos (busca las actuaciones en materia sucesoria).
Un saludo.
22/07/2009 10:48
La figura del administrador viene regulada en el art. 1026 y ss. del código civil.

El administrador no tendrá derecho a otra retribución que la siguiente:

1º Sobre el producto líquido de la venta de frutos y otros bienes muebles de los incluidos en el inventario, percibirá el 2 por 100.
2º Sobre el producto líquido de la venta de bienes raíces y cobranza de valores de cualquier especie, el 1 por 100.
3º Sobre el producto líquido de la venta de efectos públicos, el medio por 100.
4º Sobre los demás ingresos que haya en la administración, por conceptos diversos de los expresados en los párrafos precedentes, el tribunal le señalará del 4 al 10 por 100, teniendo en consideración los productos del caudal y el trabajo de la administración.

También podrá acordar el tribunal, mediante providencia, cuando lo considere justo, que se abonen al administrador los gastos de viajes que tenga necesidad de hacer para el desempeño de su cargo. [804]

Saludos.
07/10/2009 19:18
Cuando sean presentados al cobro honorarios por el Administrador Judicial en el juzgado, ¿podrían ser impugnados por alguna de las partes personadas en la partición de herencia, o la aprobación de los honorarios lo haría solo el juzgado?.
15/10/2009 11:35
¿Alguna opinión?.
15/10/2009 12:58
Claro que podrían ser impugandos
16/10/2009 19:36
Gracias Redbaron.
18/01/2011 18:25
Presentado honorarios en el juzgado interviniente por el administrador judicial, el juzgado determina unos honorarios muy inferiores.
¿Que puede hacer el Administrador Judicial en defensa de sus intereses?.
¿Que recursos le asisten?.
¿Podría recurrir en apelación a la Audiencia provincial?.
21/02/2011 22:58
El juez, no ha admitido los honorarios presentados por el Administrador Judicial y ha acordado otros inferiores. El Administrador judicial se ha opuesto a esa rebaja y el juez, ha dado traslado a las cinco partes personadas, de los honorarios presentados por el Administrador Judicial, de los acordados por el juez y de la oposición del Administrador.
¿Debería el juez, haber notificado ese traslado tambien al Administrador Judicial?. ¿En que momento procesal, puede el Administrador Judicial actuar en defensa de sus intereses?.
¿Podría presentar recurso de reposición e incluso de apelación ante la Audiencia Provincial?.
23/02/2011 11:33
¿Alguien tiene experiencias en este tema?. Gracias.
14/03/2011 11:23
El juez ha dictado un auto donde no reconoce los honorarios que ha prsentado el Administrador Judicial, perjudicandolo totalmente.
Dado que el Administrador no es una de las partes personadas, ¿podría el Administrador Judicial recurrir el auto, presentando recurso de reposición previo al de apelación?.
¿Necesitaría nombrar abogado y procurador?.