Antes de nada, pedir perdón si el tema no va aquí.
Necesito la opinión de un profesional para saber cómo puedo responder ante lo que nos ha ocurrido con una inmobiliaria.No soy abogada,soy una persona que busco alguien que me dé luz acerca de mi duda, siento si no es el lugar.
Dimos una señal (3000 euros) en una inmobiliaria para la compra de una casa, la cual no se llegó a realizar pues la parte vendedora no hizo entrega de las llaves en el plazo de 2 meses, que es lo que figuraba en el contrato de reserva de la casa,ni quiso hacer una ampliación así que la venta no se llevó a cabo y ellos devolvieron el duplo de lo entregado por incumplimiento del contrato (6000 euros). La cuestión viene cuando la inmobiliaria nos pide 1000 euros por su trabajo y por la no ganancia con la venta,puesto que la otra parte había perdido 3000 euros y no les iban a pedir nada. Nosotros nos quedamos sin la casa que queríamos sin ser nuestra culpa y encima pagamos 1000 euros (nos pedían los 3000, luego 1500 y al final se quedó, como haciéndonos un favor). Podemos poner una reclamación en la oficina del consumidor? Conseguiríamos algo? Solo tenemos un papel que pone que hemos entregado esa cantidad y la firma de la directora. Muchas gracias por vuestra ayuda.
Sea a través de la oficina del consumidor o judicialmente, creo que tienen derecho a recuperar esos 1000 euros, pues la inmobiliaria les está aplicando a Ustedes una penalización por algo que no es imputable a su comportamiento, sino a los vendedores.
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Abogados Legil.es
Hola, buenos dias
Permutamos nuestras viviendas y las dudas con API es que dice que son dos ventas individuales y quiere aplicar honorarios a cada operacion, y nosotros entendemos y hemos leido que se condidera como una unica operacion, un total 3% para toda la operacion , 1.5% para cada uno. Y no 2,5% individual
Por favor pueden aclararnos dudas,?
Gracias
La permuta es una sola transacción. Eso es jurídicamente. Ahora bien: que ese gestor grave honorarios por cada vivienda será cosa de él o de lo que diga el colegio o el contrato que hayan firmado. Pero si la razón es que se trata de dos transacciones distintas, no es admisible en absoluto, puesto que hay un solo precio, una sola enajenación, dos partes y un solo resultado.