Me interesaría saber, si un abogado que fue contratado por dos personas a las que se le concedio una autorización administrativa para la instalación de un negocio, de forma conjunta, para que defendiera un recurso contencioso administrativo en el que los beneficiarios de la autorización eran codemandandados junto con la administración que concedió la autorización; y habiendo sido encargado el trabajo de forma conjunta ambos beneficiarios al mismo abogado, este puede facturar a cada uno de los contratantes por separado, el total de los estipulado por su colegio de abogados para un caso de cuantía indeterminada, como el qu nos ocupa, puesto que una concesión administrativa no tiene un precio que se pueda cuantificar, pues dependerá de como funcione posteriormente el negocio en cuestión. Y que opciones de defender este caso tienen los clientes contra el abogado en un procedimiento de conciliación suscitado por el abogado contra solo uno de los clientes. Por el trabajo se le pago una provisión de fondos de 3000 euros si bien el abogado al hacer la factura divide esa cantidad a la mitad para cada cliente y presenta factura con arreglo a la norma x de su colegio por el total a ambos.
Es legal esto o debería hacer una factura a los dos, puesto que defiende un derecho conjunto que pertenece a dos personas, como es la autorización administrativa, o si no, hacer una factura a cada uno pero dibiendo el importe total de lo fijado por el colegio para un contencioso administrativo.
No se fijó precio cuando se encargo el trabajo.