he estado en una IT desde el 12/08/2014 hasta el 29/02/2016, durante ese tiempo he estado cobrando todos los meses la IT del INSS. Ya tengo la sentencia y me han concedido la Invalidez. Ahora el abogado me dice que todo lo que ido cobrando todos los meses son atrasos y quiere un 10%. Son atrsos realmente .
No se exactamente cual es pues pone dos fechas:
1.- Hecho causante real:10/08/2014
2.- Fecha de proceso; 19/02/2016
3.- Aparece otra fecha que pone 08 Incapacidad temporal:12/08/2014 a 31/01/2016
La sentencia la tiene el abogado yo solo tengo la carta del INSS con lo que me queda de pension y lo que me han pagado desde el 10/08/2014.
por favor quisiera que me dijerais algo sobre si son atrasos el importe que iba cobrando todos los meses por la IT que tenia hasta que me han concedido la IP.
Me urge por favor pues el abogado dice que esas cantidades son atrasos y me quiere cobrar por ello.
muchisimas gracias.
Me encontraba de Baja por Enfermedad Comun y debido al tiempo de baja me trasladan al INSS que me continua pagando todos los meses desde el 1208/2014 hasta el 29/02*2016 que me conceden la Incapacidad Permanente. El abogado me dice que lo que he estado cobrando en ese tiempo son atrasos y le tengo que pagar el 10%. Yo entiendo que no son atrasos pues lo que iba cobrando todos los meses corresponde a mi salario ¿No?.Espero tu respuesta. Gracias
Si me ha quedado claro la situación es la siguiente: por EC esgtás cobrando, en forma de pago directo por parte del INSS, desde 12/08/2014 hasta febrero de este año en el que te conceden una IP con fecha de febrero 2016 (de ahí que en la sentencia te ponga pago incapacidad temporal hasta 31.01.2016)
Pues me da que de atrasos poco. Has estado cobrando tu prestación de enfermedad común hasta que pasas a cobrar la pensión de incapacidad.
Tiene razón el abogado. La seguridad social deducirá de los atrasos a pagar las cantidades pagadas por el Inss. Y si no mira lo atrasos que vas a percibir y te darás cuenta que han deducido todo lo pagado ya desde el hecho causante.
El INSS me pone lo siguiente:Liquidacion: A percibir=18537,32 - Descuentos= 17664.99 - Liquido=872.33. Entiendo por lo que me dices que los descuentos son los atrasos, lo que yo percibia todos los meses. El abogado me puso que al obtener la IP abonaria el importe del 10% de las cantidades que perciba wn concepto de atrasos de la pension que me quede mas el 10% del importe de la pension correspondiente a un año. Confirmarme si esos son atrasos.
Son atrasos porque la resolución estima su incapacidad permanente desde una determinada fecha. Lo que le ha pagado el INSS en concepto de IT, se considera un adelanto de la prestación de IP. Es fácil de entender.
No obstante, si no está de acuerdo con la minuta de su abogado siempre podrá emprender las acciones que legalmente le asisten.