Hola a tod@s. Mi cuestión es la siguiente: estoy redactando un convenio regulador privado sobre extinción de una pareja de hecho... Para dotar de mayor fuerza obligacional de este convenio que me aconsejáis? ¿Elevarlo a público ante Notario? ¿O acudir al Juzgado para que lo homologue? En este segundo caso, cómo se efectuaría la homologación? Se trata de un procedimiento de jurisdicción voluntario?
Gracias de antemano
Si hay menores de edad no hay más remedio que pasarlo por el Juzgado (menos costes para tus clientes). Si no los hay, pues depende, ya que el documento público abre la via ejecutiva y si existen adjudicaciones acceden al Registro. Si lo haces privadamente, tiene el mismo valor pero solo entre las partes.
Si no tienes más remedio que llevarlo al Juzgado habla con tu procurador, pues algunos no aplican analógicamente el mutuo acuerdo para parejas matrimoniales y te derivan, como apuntas, a la JV.