Hola a todos, tengo un caso peliagudo: un homicidio de extranjero, su hermano quiere personarse como acusación particular, pero no me queda claro si puede hacerlo o no, según la LEC, el cónyuge, ascendientes o descendientes, pero la víctima no estaba casado y sus padre están en Rumanía, ¿pueden los hermanos aquí ejercer la acusación particular?
Otra pregunta más: el delito ocurrió hace 2 días, ¿cómo comunico al juzgado la intención de ser parte en el asunto?