Estaba leyendo la hoja informativa Nº 103 sobre la tarjeta de residencia de ciudadanos de la unión, y no entiendo bien el primer punto.
Cito:
"1. Acompañar o reunirse con un ciudadano de la Unión, (que puede ser español) u
otro Estado parte, con derecho a residencia por un período superior a tres meses, por
ser trabajador por cuenta ajena o propia, tener seguro de enfermedad y medios
económicos suficientes para la unidad familiar, o ser estudiante con seguro de
enfermedad y recursos suficientes para la unidad familiar."
Esto quiere decir, que la persona que se va a beneficiar del régimen comunitario, tiene que ser trabajador a cuenta ajena o propia, tener seguro médico, demostrar medios económicos o ser estudiante?
Pongamos el caso, una persona está como estudiante en España, se hace pareja de hecho de un ciudadano español, que tendría que acreditar de acuerdo a la nueva legislación para obtener la tarjeta comunitaria?