Exacto. Mejor pactado ante notario que en un contrato privado.
Te recomiendo esto:
http://www.notariofranciscorosales.com/la-compraventa-con-subrogacion-de-hipoteca/
Entiendo que de esa forma él podría reclamar a ella en el caso de que el banco ejerciera la acción personal contra él.
Si por ejemplo el banco le embarga a él 5000 € como consecuencia de la acción personal. ¿Él luego podría exigirle a ella que le restituyera esos 5000 €?
Lo que podrían hacer sería en la escritura de transmisión decir que ella se subroga en toda la hipoteca y que libera a su amigo de tener que afrontarla. Ya se sabe que esto, sin el consentimiento del Banco no tiene efectos liberatorios ,pero queda como pacto entre ellos dos, de cara a poderse exigir en un futuro.
Tengo dos amigos que compraron un piso a medias con una deuda garantizada por hipoteca. Los dos son por tanto deudores hipotecarios.
Ahora mi amigo quiere venderle a mi amiga su parte (lo cual no supone ningún problema) sin embargo el seguiría siendo deudor hipotecario porque el banco no le permite subrogarse a ella en su deuda.
Mi pregunta es: ¿Podrían celebrar un contrato privado entre las dos partes en el que ella se comprometa a pagar la deuda hipotecaria?
Así él seguiría siendo deudor hipotecario de cara al banco pero podría reclamarla a ella que cumpla con el acuerdo si llegado el momento el banco ejerce la acción personal contra él.