hace un par de años, estando aún soltero, adquirí mi actual vivenda habitual. Dicha vivienda está a mi nombre y la hipoteca fue contratada por mí y los pagos se cargan sobre una cuenta de la que soy el único titular.
El importe de la inversión anual supera el máximo deducible de 9.015 euros.
Actualmente estoy casado. ¿Podría deducirse también mi mujer una parte de la hipoteca? ¿sería necesario para ello que la vivienda estuviera también a su nombre? ¿podría ser suficiente que figure como titular de la cuenta bancaria por la que se paga la hipoteca?.
Muchas gracias por vuestra ayuda.
Un saludo
Su mujer no puede deducirse la vivienda a efectos del IRPF por no ser propietaria de la misma. Debería estar también a su nombre o ser un bien ganancial (y no es el caso porque la adquirió antes de contraer matrimonio y por lo tanto fuera de la sociedad de gananciales).
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