En ese caso, tu mujer podrá seguir desgravando por la vivienda de Madrid, o sea por el 50% de lo pagado por vivienda.
Tú tendrás que imputarte la renta que corresponda al otro 50%.
La posibilidad de desgravar nada tiene que ver con que hagáis la declaración conjunta o individual ni con vuestro régimen matrimonial. Solamente tiene que ver con la efectiva residencia, por eso te preguntaba si sois más de familia y si tu familia seguirá residiendo en Madrid aunque tú te traslades a Tarragona.
Pregunta que sigue en el aire.
Para que te contesten a tus consultas con fundamento, suele ser recomendable responder a lo que se pregunta y no aplicar aquello de "a dónde vas, peras traigo".
Mi regimen economico matrimonial es el de gananciales.Si finalmente decidimos la modalidad de declaración conjunta, ¿nos podremos desgravar la hipoteca en su totalidad?.Gracias
En la actualidad tengo domicilio en Madrid,desde hace 5 años mi vivienda que constituia el domicilio habitual soporta una hipoteca importante.Estoy en el paro y me han ofertado un puesto de trabajo en Tarragona, me voy a trasladar, pienso vivir de alquiler y seguir pagando la hipoteca de Madrid, me puedo seguir desgrAVANDO LA HIPOTECA O NO. Muchas gracias