si no ocurre así con algún banco, ocurrirá en muy poco tiempo
el préstamo a un autopromotor tiene en general las particularidades de que suele prestarse no más del coste de las obras (normalmente menor del 50% del teórico valor en venta, ya que no incluye solar, proyecto y licencia), y que es un préstamo a un usuario final. El impago del préstamo es un riesgo menor, porque el autopromotor se juega bastante más que el banco.
Hasta hace algo más de 10 años (20 para unos, y 5 para otros) el banco (o caja) pagaba sin problema las facturas que iba presentando el constructor según el contrato de ejecución de obras, y si el autopromotor compraba materiales y contrataba mano de obra u oficios especializados, se le pedía una certificación de la dirección de obra, con la que se ponía a su disposición el dinero de esa certificación.
Luego exigieron que las certificaciones fueran comprobadas por un profesional de confianza del banco (algo así como el tasador), pero es el cliente el que ha de pagar esa comprobación y el que ha de soportar el retraso que supone.
Aunque en unos casos más que en otros, se reservaba una parte importante del préstamo (del 15 al 30%) hasta la obtención del certificado final de obra, y esa así porque se entendía que ese certificado permitía documentar la obra en el registro como acabada y apta para su uso.
hoy para la venta de una vivienda es exigible la licencia de primera ocupación, y todos los bancos (o cajas) la exigirán para poder disponer de la totalidad de la cuantía pactada del préstamo