Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Hijos que prestan dinero al padre para que pague un exceso de herencia

4 Comentarios
 
Hijos que prestan dinero al padre para que pague un exceso de herencia
30/07/2015 14:33
Buenas! No sé si esto va aquí o en Civil, disculpas de antemano por el posible error.

Tras una partición de herencia, a una de las partes le corresponde una vivienda y, como hay exceso, le toca compensar económicamente al resto, unos 20.000€ en total. Este heredero está conforme con su parte, pero no dispone de esa cantidad y el dinero lo van a poner sus dos hijos.

Dado que la cantidad es pequeña, no sé si Hacienda investigaría de dónde ha sacado el dinero el heredero y podría exigir algo en el IRPF o incluso el impuesto de donaciones (desconozco si esa aportación económica entra en la categoría de donación). En caso de que fiscalmente fuera conveniente que ese traspaso de dinero figurara como donación, ¿compensaría escriturar la vivienda a nombre de todos? ¿Sería posible que los hijos "heredaran" esa vivienda de los abuelos (bien directamente o bien mediante donación de su padre o compraventa en el mismo momento de aceptación de la herencia), o es mejor que pase a nombre del heredero real y dejarlo así hasta que éste fallezca?

Todo en Castilla y León.
31/07/2015 11:07
Lo primero sería aclarar la naturaleza de la transacción, ya que en el título habla de prestar y luego de donación.

Si se trata de un préstamo, basta con que firmen un contrato privado entre el padre y los hijos en el que se regulen las condiciones del préstamo. De esta forma no tienen que liquidar ningún impuesto de donaciones. Si en el préstamo no establecen ningún tipo de interés (solo se devolvería el capital) entonces si que se considera donación esa parte de intereses no pagados.

En cuanto a heredar los nietos, si el hijo renuncia se acrecienta la parte de los otros hermanos, si los hay, por lo que no sería posible.
31/07/2015 14:36
Muchas gracias, Mark9. Es que no tenemos muy claro cómo hacerlo, por eso hablo de prestar y luego de donar, porque en principio no se pensaba en exigir la devolución del dinero (ya que la vivienda quedaría en herencia), pero quizás sea más sencillo fijar unos pagos cómodos al interés mínimo. Siendo la cantidad que es, lo que no queremos es andar pendientes de posibles problemas legales y fiscales.
31/07/2015 19:00
En algunas CCAA las donaciones entre padres e hijos tienen bonificación total en el impuesto, desconozco si es el caso de Castilla y León. Si fuera el caso, lo pueden hacer como donación, presentando la liquidación del impuesto (modelo 650) aunque el resultado a pager sea cero.

Si no fuera así, lo pueden hacer como préstamo. Si lo hacen como préstamo pueden poner una fecha de devolución muy exagerada (o no poner nada) para asegurarse que el padre fallece sin devolverlo, y de esta forma cuando muera el préstamo se descuenta de la masa hereditaria a repartir y se devuelve antes de efectuar el reparto y adjudicación de la herencia.
03/08/2015 12:37
En CyL no hay bonificación para donaciones de hijos a padres, así que supongo que optaremos por la fórmula del préstamo. Muchas gracias por sugerirlo