¡Haber que esto se va de madre!
Este caso a mi no me ha ocurrido, yo soy un simple policía que recoge todas las denuncias que los ciudadanos me plantean; el otro día en un debate con mis compañeros discutíamos si era un excusa absolutoria, y en principio estábamos de acuerdo, en lo que no estabamos de acuerdo era si instruir por delito contra el patrimonio o instruir fuera del ámbito penal. Pero repito a mi no me ha ocurrido esto, vale, solo trato de aclarar algunas cosillas de la profesión y recurro a profesionales como vosotros, que la verdad sois de gran utilidad y en lo que yo pueda ayudar pues aquí me teneis a vuestra disposición. Gracias una vez mas.
Hola manusolera. No me quiero meter en tu profesión, pero entiendo que la obligación de la policía es enviar al juzgado de guardia todas las denuncias y dejar que el juez de instrucción resuelva, que para eso está. Por tanto, mi recomendación sería enviarlo al juzgado de guardia como delito contra el patrimonio y que el juez decida lo que crea oportuno. Saludos.
zetor, anda, déjame mi vida, que ya soy mayorcita para saber lo que tengo que hacer, y me da el tufillo que tienes los suficientes problemas que solucionar, para no estar barriendo en mi casita. Pero gracias en cualquier caso.
Estoy en la misma situación que tú, no soy abogado sino policía y mi opinión es que si bien no es conveniente negarse a tramitar una denuncia de ese tipo, sí que hay que informar al denunciante de que la vía correcta no es la penal sino la civil.
No, no me ha molestado nada. Lo único que digo es que todos, cuando nos pisan la cola, protestamos. Lógico, si no lo hiciéramos, seríamos imbéciles. Saludos.