Cuando se trata de hijos menores de edad de cónyuge extracomunitario de ciudadano de la Unión se debe probar fundamentalmente:
- La calidad de cónyuge de ciudadano de la Unión del progenitor del menor ( certificado literal de matrimonio del país de nacionalidad del ciudadano de la Unión).
- La filiación del menor respecto de su progenitor cónyuge de ciudadano de la Unión ( certificado literal de nacimiento del menor).
- Que el cónyuge extracomunitario casado con ciudadano de la Unión tiene atribuida la custodia del menor o ejerce la patria potestad en solitario ( resolución judicial que así lo determine).
Luego, debe probarse las correspondientes identidades ( DNI en caso de los españoles, pasaporte en caso de extranjeros), que están empadronados en la misma vivienda y que el ciudadano de la Unión que da el derecho de residencia en España es actualmente trabajador por cuenta ajena o propia, estudiante matriculado o cuenta con recursos económicos propios suficientes.
La solicitud se ha de presentar en la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia donde se encuentren domiciliados. Y una vez resuelto favorablemente, la tarjeta de identidad de extranjero la expide la Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía que corresponda en su domicilio.
soy español, mi esposa dominicana la cual ya tiene concedida la residencia, ahora queremos traer a su hijo menor el cual que ya tiene la visa para poder entrar en españa dentro de unos dias, mi pregunta es que documentos necesita para poder obtener su tarjeta de residencia aqui, he visto la pagina web del ministerio pero no he podido aclarar esta duda, gracias