Perdona Carme9, pero la pension por alimentos siempre se la asignan a quien no tiene la custodia, que si la patria potestad, habitualmente el hombre, y aunque la mujer trabaje, no son gastos compartidos, porque la madre si tiene la custodia paga su parte en especies, osea con el trabajo que imparte cuidando del hijo la mayor parte del tiempo, y si el hijo pasa de vivir con la madre a vivir con el padre, sea el padre solvente o insolvente, ahora es a la madre a quien le corresponde pasar la pension por alimientos hasta que el hijo se independice economicamente, y a el su parte en especies, osea atenderle, como antes pero al reves.
Normalmente es el padre quien soporta el gasto de los hiijos, salvo que la mujer trabaje, en cuyo caso el gasto es compartido. Si el padre es insolvente tú tienes que pasarle al padre la p. alimenticia para el hijo (mientras no trabaje hay que mantenerlo).
No dices si estando viviendo contigo el padre le pasa pension por alimentos, porque todavia no es economicamente independiente, ya que dices que estudia y no trabaja, si es asi, y se va a vivir con su padre, lo logico es que ahora se la pases tu al padre no crees?
Mi hijo de 19 años quiere irse a vivir con su padre aunque yo no estoy de acuerdo,,,si al ser mayor de edad ya no existe segun creo el termino de guardia y custodia,,,¿estoy obligada yo a pasarle una pension a mi hijo que todavia estudia o al ser mayor de edad y abandonar mi domicilio no estoy obligada?