1º hijo ilegitimo me refiero a que no estoy reconocido.
al no haber contraido matrimonio dicha persona no soy hijo fuera del matrimonio.
2º el estupro perdoneme la persona que dijo que en españa no existia,se equivoca pues en el año 1973 era penado por la ley.
3º el juicio por estupro se gano por setencia ,pero se llego a un acuerdo economico para que esta persona no cumpliera condena.
Se entiende que existen pruebas de que él es el padre biológico, pues hubo un juicio por violación ganado se ha entendido, lo que no creo es que el hijo esté legalmente reconocido, es decir, con los apellidos del padre.
Consulte con un abogado si es necesario el apellido familiar para tener derecho a herencia, o si la unión biológica demostrada es suficiente.
Según entiendo, con posibilidad de equivocarme, si azrahel no está reconocido por su padre, no tendrá derecho a herencia cuando éste fallezca.
No se puede reclamar nada a alguien que legalmente no está vinculado. Si le encuentra y le pone una demanda, creo que serái de filiación no estoy segura pues abogada no soy, y demuestra que es su padre biológico, lo cual suele requerir presentar pruebas biológicas, entonces, dado que pasaría a ser su padre legal entiendo que sí tendría derecho a su herencia (cuidado, una herencia puede ser dinero, o pueden ser deudas, si él no le quiere reconocer como hijo y no obstante usted lo consiguiera cuídese porque él podría con mala fe hacerle heredar deudas).
Dado que él no es legalmete un pariente suyo, no puede pedirle ayuda de ningún tipo, y para recibir este tipo de ayuda es ncesario además demostrar situación de incapacidadd de subsistencia, no autoprovocada, es decir, si se tienen medios con los que vivir, no cabe recibir ayuda de pariente alguno.
Que yo conozca no existe compensación económica a un hijo por nacer de una violación.
La compensación económica que recibiera la familia de la madre, lo cual resulta extraño, pues lo normal es que la compensación la reciba la víctima de la violación, no la familia, es muy probable que ya haya sido consumida.
De lo que se puede hablar es de hijo legalmente reconocido o no reconocido, este último, sería aquel que no tiene padre legal, situación que puede modificarse ya que éste menor puede ser reconocido o adoptado.