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Hijo de padre marroqui y madre rumana ¿que nacionalidad tiene?

2 Comentarios
 
Hijo de padre marroqui y madre rumana ¿que nacionalidad tiene?
22/03/2018 18:15
hola a todos, he mirado la legislación y ambas dos son ius saguinis es decir conceden nacionalidad por ser hijo de marroquí o bien de rumana. Cual es la que predominaría o si se puede elegir?
Los padres no estan casados y la madre esta en paradero desconocido y hay que pedir NIE para los dos hijos. Los niños tienen pasaporte marroquí pero anteriormente uno de ellos tenía pasaporte rumano aunque ahora esta caducado.
Alguien se le ocurre algo ?
Gracias
23/03/2018 03:56
Sildarri
Hola:

Desde el momento en que ostenta la nacionalidad rumana, la persona en referencia es ciudadana de la Unión. Y como ya señaló en su día la conocida sentencia Michelletti del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, cuando en un sujeto concurren varias nacionalidades y al menos una de ellas es la de un Estado parte de la Unión Europea, los demás Estados parte de la Unión Europea deben reconocer esa nacionalidad, pues basta con ostentarla para ser ciudadano de la Unión. Y si se es ciudadano de la Unión, se es titular de todos los derechos que atribuyen los tratados fundacionales de la Unión Europea y el Derecho derivado. Por tanto, le corresponde solicitar un certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros.

En el caso de la sentencia Michelletti se trataba de una persona argentina que tenía también nacionalidad italiana.La Oficina de Extranjería de la Delegación del Gobierno en Cantabria le denegó en aquella época la tarjeta de residencia comunitaria porque entendía, aplicando la regla del título preliminar del Código Civil español, que la nacionalidad operativa en esa persona era la argentina y no la italiana, por lo que era improcedente la concesión de la tarjeta. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea dijo que la interpretación de la Delegación del Gobierno en Cantabria estaba equivocada porque estaba aplicando unas reglas de Derecho Internacional Privado de fuente autónoma, establecidas para resolver situaciones de doble nacionalidad cuando resultaba relevante determinar cuál era la ley por la que se debía regir el estatuto personal de las personas, pero que no podían constituir fundamento jurídico aceptable como para denegarle a un sujeto, nacional de un Estado parte de la Unión Europea, la expedición de una tarjeta de residencia que documentaba el derecho de residencia del que ya era titular por el simple hecho de serlo, pues venía atribuido directamente por los tratados constitutivos de la Unión Europea. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea recordó lo que hasta el momento se tiene ya establecido en materia de nacionalidad: que cada Estado es competente en exclusiva para regular su nacionalidad y que según tal criterio, es perfectamente posible que un mismo sujeto pueda ostentar varias nacionalidades al mismo tiempo, pues varios Estados lo consideran su nacional de acuerdo con su ordenamiento jurídico interno ( en el caso, el señor Michelletti era argentino por ius soli e italiano por ius sanguinis). Pero frente al Derecho de la Unión Europea basta con que se ostente la nacionalidad de al menos un Estado miembro para ser considerado ciudadano de la Unión y esto es en todo caso lo que se debe tener en cuenta a los efectos de conceder a un sujeto que ostenta la nacionalidad de otro Estado parte de la Unión Europea una tarjeta de residencia que documenta el derecho de residencia del que ya es titular y que ha ejercido en la forma prevista por el Derecho derivado de la Unión Europea. Al haber sido una respuesta a una cuestión prejudicial planteada por la Sala de lo Contenicioso-Administrativo el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, la sentencia resultó vinculante para el mismo Tribunal que formuló la cuestión prejudicial y para todos los tribunales de justicia de todos los Estados parte de la Unión Europea.

Cuando se tiene más de una nacionalidad, se las ostenta simultáneamente. Pero no todas pueden estar operativas simultáneamente, sino sólo una. La determinación de cuál es la operativa puede hacerse de la siguiente manera:
23/03/2018 03:57
Sildarri
- Cuando se está en el territorio de un Estado del que se es nacional, siempre se reconocerá únicamente la nacionalidad de ese Estado, que es el soberano territorial : las normas que regulan la nacionalidad de un Estado son normas de orden público, es decir, de naturaleza imperativa y obligan a todos los que se encuentren en el territorio del Estado. O en otras palabras: a un Estado del que se es nacional, cuando se está en su territorio y por tanto sujeto plenamente a su soberanía, no se le puede alegar extranjería.

- En el ámbito de la Unión Europea, como ha quedado dicho, si se está en un Estado miembro del que no se es nacional, siempre se reconocerá únicamente la nacionalidad del Estado miembro del que se es nacional, ya que eso lo vuelve ciudadano de la Unión y por tanto tiene todos los derechos que tal calidad le confiere. Esto también puede hacerse extensivo a otros Estados del Espacio Económico Europeo que no son miembros de la Unión Europea ( como Islandia, Noruega y Liechtenstein), así como a Suiza, en la medida en que con esos Estados se pactó la libre circulación y la libertad de residencia y trabajo, siempre que se cumplan determinados requisitos establecidos en los respectivos tratados.

- En un Estado distinto del de nacionalidad, fuera de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo y Suiza, el sujeto podrá ejercer la nacionalidad que prefiera y le convenca. Pero en cuanto ingrese con esa nacionalidad en ese Estado, sólo será reconocida por las autoridades de ese Estado la nacionalidad que ha ejercido para ingresar en él. Por ejemplo, alguien puede tener la nacionalidad ecuatoriana y la española : para viajar a Estados Unidos como turista puede hacerlo ejerciendo la española y utilizando el pasaporte español, porque eso le permitirá viajar a ese país únicamente rellenando el formulario ESTA en línea, sin necesidad de tramitar visado. Pero para viajar, por ejemplo, a Rusia, le convendrá más utilizar el pasaporte ecuatoriano, pues Rusia exige visado a los españoles y en cambio no se lo requiere a los ecuatorianos. En el primer caso, Estados Unidos lo considerará exclusivamente español y en el segundo caso, Rusia lo considerará exclusivamente ecuatoriano, pues ha utilizado los respectivos pasaportes para ingresar en los territorios de esos Estados.


En el caso de los menores, podría solicitarse la renovación del pasaporte rumano del menor que ya lo tiene, aunque caducado. Si le fue expedido pasaporte en su día, significa que fue inscrito en el consulado de Rumanía como nacional rumano por ser hijo de una persona nacional de ese país. Y en cambio, el otro hijo, si aún no ha sido inscrito como tal, debe solicitarse su inscripción e inmediata expedición del pasaporte rumano. Pero probablemente el consulaod de Rumanía requerirá que comparezca también la madre de nacionalidad rumana para practicar la inscripción.

Con los pasaportes rumanos, a los menores les corresponde solicitar un certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros ( certficado de registro o tarjeta verde de comunitarios, donde viene el NIE).

Un cordial saludo.