Quisiera casarme con una ciudadana vietnamita con la que estamos esperando un hijo que nacerá presumiblemente en octubre del 2018. Actualmente reside en Chequia y está casada con un nativo. Se encuentra en trámites para la obtención de la carta de residencia. Llegó en septiembre y la realice de la sentencia se espera dentro de dos meses aproximadamente.
Ella podría venir a España si obtiene la residencia en Chequia?
Podría divorciarse y consumar matrimonio conmigo?
Cuando puedo declarar que es hijo mío?
Obtendría asistencia sanitaria gratuita o necesita seguro médico?
En resumen, que obciones tenemos para vivir juntos?
1.- Las personas que son residentes legales en cualquiera de los Estados parte del espacio de Schengen pueden circular libremente por él y permanecer en otros países diferentes del que les ha concedido la autorización de residencia por un plazo máximo de 90 días.
2.- Si se casó y se divorció en otro Estado parte de la Unión Europea, puede divorciarse y volverse a casar en España. Pero en España se le requerirá, para casarse, certificado de estado civil expedido por las autoridades del país de nacionalidad, pues en España el estado civil de las personas se rige por la ley personal, que es la ley del país de nacionalidad.
3.- Si el hijo nace dentro del matrimonio con otra persona, se presumirá que es hijo del marido y no lo puede reconocer otra persona, a menos que el marido impugne la paternidad y la demanda de impugnación de paternidad prospere.
4.- Si el hijo nace hallándose ya divorciada, sí podrá reconocer usted al hijo. Sería conveniente, por razones de seguridad y para prever cualquier posible duda que pudiera llegar a presentarse, que se hiciera una prueba de ADN, para que no quepa duda alguna de que el hijo es suyo.
5.- Si usted quisiera que ella obtuviera rápidamente una tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión tiene las siguientes opciones:
- Formalizar con ella una unión de pareja estable y registrarla en el Registro Público establecido para el efecto en la Comunidad Autónoma en la que resida.
- Esperar a que nazca la criatura, reconoderla y sobre esa base presentarse como pareja estable ( sin registro), que también da derecho a obtener una tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión (familia extensa).
En cambio, el matrimonio toma tiempo porque se debe incoar un expediente matrimonial previo, que toma su tiempo, al que debe sumar el de espera para presentar la solicitud de incoación del expediente, pues en los Registros Civiles suele haber lista de espera ( sobre todo, en ciudades grandes y capitales de provincia). Luego, con el auto favorable para la celebración del matrimonio sí que podrá contraer matrimonio ante notario si tuviera urgencia o de lo contrario deberá esperar también a que le asignen fecha para casarse ante el juez encargado del Registro Civil o el letrado de la Administración de Justicia del Registro Civil ( que también conlleva esperar).
La pareja estable formalizada del asegurado tiene derecho a ser su beneficiaria en el derecho a la atención sanitaria y de igual modo los hijos menores de 26 años de edad.