Efectivamente (y de ahí mi pregunta) con responsabilidades familiares en lugar de 6 meses de subsidio pasaría a corresponderme entre 24 y 30 meses.
¿Con la "curatela" (tutoría) sería responsabilidad familiar?
Ya noceda, pero hay una diferencia entre tener responsabilidades familiares y no tenerlas. Es fácil que tenga asegurado los seis meses sin responsabilidades, pero si acredita responsabilidades se puede ir el derecho a 24 o 30 meses.
En mi opinión, sobre el tema que comenta cargol_76 de la tutoría legal, considero que no es responsabilidad familiar.
Son beneficiarios del subsidio de desempleo los desempleados mayores de 45 años, sin necesidad de tener responsabilidades familiares. LGSS art. 215.1.1.b y 1.4, 216.1, 217.2 y 219.1.
Lo siento, los hermanos no forman parte de la unidad familiar a efectos de ser considerados como responsabilidad familiar, aunque tengan discapacidad. Sólo se consideran a los hijos y/o conyuge. Entonces podrías cobrar el subsidio por agotamiento por ser mayor de 45 años pero sin responsabilidades familiares. Saludos.
Hermana con discapacidad es responsabilidad familiar?
Se me termina la prestación de paro el próximo mes.Alguién sabe si por se mayor de 45 años puedo cobrar el subsidio de desempleo con responsabilidad familiar por convivir con una hermana discapacitada cobrando ella una prestación no contributiva?
gracias