me pregunta es: encontrándonos ante una herencia yacente donde parte del patrimonio del fallecido está en fondos de inversión y acciones la persona que se haga cargo de su mantenimiento y custodia hasta la aceptación (que será uno de los herederos) puede realizar un tipo de mantenimiento que sea controlar esos fondos de inversion y acciones y venderlas o comprar otras para que no se vea afectada la masa hereditaria y así evitar que evaya siendo menor si los fondos o accciones no van bien? Eso es posible? SE podría entender que está haciendo un acto de disposiicón d ela herencia y acpetándola tácitamente? yo entiendo que no pq se trata de que unos bienes no pierdan valor y que la herencia no se vea mermamada en tanto no se acepte y dada la naturaleza de los mismos no cabe otra opción creo que velar pq esos fondos y acciones no pierdan valor y actuar en consecuenbcia si lo pierden.