Somos cuatro hermanos, un hermano ha fallecido recientemente, constamos en el testamento de nuestra madre como herederos de su piso.
Al fallecer nuestro hermano cuando heredemos el piso, ¿su parte pasaría a los hijos?
Nuestra madre nos otorgó poderes a los cuatro.
Buenos días ppol.
Efectivamente el derecho a heredar pasará a sus hijos en virtud del derecho de representación que recoge el Código Civil en su arítulo 924. De esta manera, los hijos de tu hermano heredarán la parte que le habría correspondido a éste en el caso de que siguiera con vida.
Un saludo.