Buenos días.
En el caso de una herencia en Aragón en la que se estipula en testamento (supuestamente pues aún no ha sido abierto) que la viuda se queda con todo.
¿Que parte va para el hijo?
¿La parte que era de los padres del fallecido también pasan a la viuda?
No tenemos nada claro esta última parte, pues hay bienes que estaban solo a nombre del fallecido y eran a su vez de sus padres.
Por otra parte, no entendemos si en Aragón el propietario sería el hijo y el usufructo de la viuda o si la viuda tendría la propiedad completa de todos los bienes. (Usufructopropiedad)
El hijo se plantea reclamar legítima pero con la legislación foral aragonesa no está claro que pueda hacerse.
Todavía no se ha abierto el testamento y la viuda insiste en que todo es para ella, lo cual nos hace sospechar que no es así.
Si alguien sabe más de derecho foral aragonés, sería de agradecer.