En caso de liquidación de la sociedad de gananciales (no tiene por qué ser consecuencia de un divorcio) la sociedad será acreedora de la señora por esos importes. Pero estas cuentas pueden ser más complejas, puesto que la vivienda matrimonial no puede ser sufragada sin contrapartida por uno solo de los componentes de la sociedad matrimonial, o no forzadamente, sino que usted tendría satisfecha su necesidad de vivienda, lo cual tiene un valor, y la cuenta completa recogería lo que usted debe por este concepto a la sociedad y lo que su señora debe por los arreglos. Al final, se compensa la parte y se divide el saldo.
Estoy casado con mi mujer y tenemos régimen de gananciales (tenemos hijos en común) ¿mi suegros le cede en vida una casa a mi mujer y tenemos la intención de arreglar la casa osea invertir una buena cantidad de dinero ¿Qué pasaría si nos divorciamos? ¿Yo me quedo sin nada de lo invertido al ser la casa heredada por mi mujer? ¿O una vez q invierto en esa casa ya forma parte de mi también?