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Herencia de dinero

8 Comentarios
 
Herencia de dinero
19/09/2023 16:44
Una persona sin hijos ni cónyuge como puede poner el dinero del banco para que lo pueda heredar sus familiares cercanos sin que le retengan para Hacienda
19/09/2023 22:17
Geminis195
Llevándolo a los paraísos fiscales, pero el problema es recuperarlo, sin declararlo a hacienda. Lo que puede hacer es ir a vivir allí, donde tenga el dinero para gastarlo en ese lugar.
20/09/2023 08:19
Hacienda no retiene para las herencias. Pero lógicamente hay que declararlo en el ISD.
Si no quieres declararlo lo que planteas es básicamente preguntarnos cómo cometer un delito fiscal, y aunque sigue siendo un delito fiscal, la respuesta anterior es esencialmente correcta.
La finalidad del foro no es aprender cómo cometer delitos.
20/09/2023 20:30
paquito xocolatero
En ningún momento he dicho de cometer fraude o delito, lo que quería asesorarme es como podría poner mis ahorros para que lo hereden mis herederos con un mínimo de retención, creo no hay solución, preguntaré en el banco m saludos a todos
21/09/2023 08:29
Insisto, no hay retención en herencias, la pregunta está mal planteada.
Hay pago de ISD en la liquidación de este, sin ningún tipo de retenciones como en el IRPF. Y este hay que pagarlo por aquello que se herede, y cualquier otra cosa es un delito fiscal.
26/09/2023 18:16
paquito xocolatero
Entonces pagando el impuesto de sucesiones, el Banco entrega íntegro el dinero del banco al heredero? 3s así o he entendido mal. Gracias de nuevo
26/09/2023 19:57
Geminis195
Claro.
Lo que ocurre la mayoría de las veces es que el impuesto de sucesiones se paga con el dinero heredado.
29/09/2023 09:22
Geminis195
Tienes que presentar en el banco el ISD y el documento en el que se te asigna la propiedad de ese dinero o un porcentaje (lo que te den en la notaría al tramitar la herencia: normalmente el acta notarial de reparto de herencia cuando hay varios herederos), y te entregan el dinero sin ninguna retención, claro. Normalmente por transferencia a donde indique el heredero y tras eso se cierra definitivamente la cuenta del fallecido.
Las herencias no pagan IRPF, pagan ISD y este es un requisito previo para retirar el dinero del banco.
29/09/2023 09:27
Geminis195
Lo que sí se puede, que es lo que dice el compañero mosca cojonera, es adelantar el dinero del pago del ISD, y que este se cobre de la cuenta del fallecido de la misma manera que se siguen cobrando los recibos que llegan a esa cuenta.
Eso ya según quieran los herederos y según convenga (la gran mayoría de herederos en realidad no pagan nada de ISD, cuando es de padres a hijos).