Buenas, necesito otra opinión, recientemente ha fallecido mi madre, y estamos tramitando para arreglar todo. El tema es que mi madre tiene la vivienda solo a su nombre en nuda propiedad y usufructuario mi abuelo. En el testamento me deja a mi de heredera soy hija única y a mi padre de usufructuario el caso es que me aconsejan que no firmé La escritura de aceptación y partición de herencia, solo pagar plusvalía y gestionar impuesto sucesiones ya que tendría que volver a hacerlo otra vez y volver a pagar al notario cuando mi padre falleciese, ya que al ser hija única también es todo más fácil,esto es así?? Gracias
Si renuncia ahora a la herencia no podrá volver a optar a ello cuando su padre fallezca. El impuesto de sucesiones y la plusvalía lo pagaría solo una vez, ahora al aceptar la herencia. Los trámites de notario tendría que pagar ahora la escritura de la herencia y cuando fallezca su padre para modificar la escritura.
Mi consejo es que consulte con la notaría dónde quisiera hacer el cambio de escrituras y con una gestoría que le ayuden con el pago de impuestos o bien consultar en algún teléfono de ayuda de su ayuntamiento para plusvalía y en la agencia tributaria para sucesiones.
Muchas gracias por la rápida respuesta igual es a eso a lo que se referían,a la escritura de la herencia y me hice yo un lío, eso es lo que podría no hacer y hacerlo cuando mi padre fallezca para no pagarlo 2 veces? O me recomendáis que lo haga las 2 veces igualmente para evitarme problemas. Muchas gracias
Por la redacción de la consultante entiendo que lo que le recomiendan es que no haga una partición notarial de la herencia y que lo haga por medio de cuaderno particional, liquidando el impuesto de sucesiones pero sin adquirir todavía la nuda propiedad del inmueble, lo que le ocasionaría el devengo del IIVTNU y, además, requeriría el pago de las escrituras. No creo que le estén proponiendo renunciar a la herencia.
No obstante, yo tampoco soy muy amigo de tramitar las herencias por medio de cuaderno particional ya que los beneficios fiscales, a la larga, no son tantos.
Lo único que te ahorras es el notario, pero ni siquiera eso, porque cuando fallezca tu padre (esperemos que dentro de mucho) lo que tendrás que hacer es tramitar las dos herencias por separado. Antes o después para adjudicarte lo que era de tu madre tendrás que pasar por la notaría, no tiene sentido retrasarlo.