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heredar piso alquilado

2 Comentarios
 
01/12/2008 19:04
Muchas gracias por su respuesta.
Eso quiere decir que a los dos años tengo que dejar la casa?
O quiere decir que tengo dos años para la subrrogación desde el óbito de mi madre?
Por lo que deduzco, carece de importancia el hecho de que tengo un piso a mi nombre ¿es así?
Gracias nuevamente.
Carcerol
perfil Jan
01/12/2008 10:43
Hola carcerol. Para que usted pueda subrogarse en en el contrato deberá acreditar la filiación y la convivencia continuada con su madre durante, al menos, los 2 años anteriores al fallecimiento de la misma. Una vez que usted se subroge el contrato se extinguirá a los 2 años a contar desde el óbito de su madre.

Reciba un cordial saludo.
Heredar piso alquilado
29/11/2008 13:06
Quisisera saber si tengo derecho a subrrogarme el contrato de arrendamiento del piso que mi madre tiene alquilado, teniendo en cuenta que en su día el titular del mismo fue mi padre. Ya hace 40 años se puso el mismo a nombre de mi madre (por fallecimiento de mi padre) y ahora ante la próxima muerte de mi madre quiero saber los derechos que me asisten para seguir en el mismo piso.
He de manifestar que un hijo mio se compró un piso de protección oficial, pero como quiera que el no reunía todos los derechos, lo puso a mi nombre.
¿Hay algún obstáculo?
Gracias anticipadas por su respuesta.
Un saludo cordial.
Carcerol