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Hecho causante

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Hecho causante
30/04/2010 11:42
Estando en IT sin agotar el plazo máximo, a instancia de la Mutua paso por el Tribunal Médico para pedir la incapacidad permanente absoluta, la resolucion es negativa e inmediatamente procedo con la demanda en los juzgados, se pierde el caso y mi abogado inmediatamente que se nos notifica la sentencia solicita la nueva revision por el tribunal medico con fecha julio 2007. Por motivos que nadie me ha explicado, me citan para presentarme a valoracion por el EVI el 8 de Marzo de 2010 (mas de dos años y medio despues), en este caso la resolucion es favorable y me reconocen la absoluta, pero la prestación económica se ha visto seriamente mermada, pues desde septiembre de 2006 que la mutua interrumpe el abono de la IT no he vuelto a trabajar, y este periodo no cotizado me ha perjudicado mucho pues han tomado como hecho causante el de la resolucion 16 Marzo 2010, y han rellenado las lagunas con bases minimas de cotización, cuando yo tengo cotizado en los ultimos diez años todo el periodo minimo exigido para mi edad. Por lo que la fecha que se tome como HECHO CAUSANTE afectará seriamente al calculo de la cuantia de la pensión. ¿Cual es la fecha correcta del hecho causante: la fecha de la baja por IT antes de pasar por el tribunal medico, la fecha de la nueva solicitud de pasar por dicho tribunal despues de perder el juicio, o la fecha de la resolución favorable del Tribunal medico, u otra?. Aunque todo el proceso se ha dilatado por causas atribuibles a la desidia del INSS (y de mi abogado), entiendo que no se ha interrumpido en ningun momento. Gracias de antemano por las respuestas