Pues he firmado un finiquito por que se me agotó la it maxima de 18 meses y la empresa de ha dado de baja, la hoja que he firmado indica que acepto lo que viene en ella y que ya no puedo reclamar nada absolutamente a la empresa, ni dinero ni nada.
Pero al llegar a casa he visto que la cantidad era muy baja unos 300 euros en concepto de vacaciones desde el 1 de enero hasta ahora y claro lo veo muy poco porque las vacaciones son 30 dias y si llevamos mas de tres cuarto de año sería mas dinero.
Mi salario diario era de 35 euros brutos ¿creeis que es correcta esa cifra de despido? ¿faltaría algun añadido mas de otra cosa? ¿despues de firmar podría reclamar si es que estuviera mal?
he firmado por buena voluntad y porque nunca me esperaría que me trataran de quitar lo que me corresponde despues de tantos años.
He leido que una vez firmas el finiquito pierdes todo el derecho a reclamación aunque este esté mal ¿es cierto o hay alguna posibilidad de recibir lo que me hubiera pertenecido?
Bueno me han dicho que corresponden 2,5 días de vacaciones al mes y esos días son el salario diario es esto totalmente cierto o pueden haber excepciones?
Las pagas dobles por lo visto no cuentan para el finiquito pues estando de baja se pierden.
he avisado a la empresa y me han dicho que ya no les pertenece darme nada pues he aceptado lo que ponia...¿que puedo hacer?
decir que he sumado y me ha salido el triple de dinero del que me han entregado.
es que leo que los finiquitos firmados tienen mucho valor y estaría todo perdido, pero tambien que si lo que aparece en el finiquito no se ajusta a la ley o el convenio se puede reclamar facilmente y con garantías...
Pues yo tenía entendido que si has estado desde el 1 de enero en IT no has generado vacaciones este año.
A pesar de que la IT devenga vacaciones, no lo hace por sí sola sino que necesita de un periodo mínimo de prestación efectiva de servicios. El problema es que en algunas sentencias se habla de "periodo minimo de prestación efectiva de servicios" sin establecer en términos cuantitativos dicho periodo minimo, pero si como en este caso no se ha trabajado ni un sólo dia, difícilmente se habrá llegado a ese período mínimo.
También podría ser que la empresa tenga pre-fijadas las vacaciones en un mes, por ejemplo agosto (por cierre de la misma), con lo quue el período de disfrute habría coincidido con la IT y no habría que abonarlas.
No sé si en caso de enfermedad/accidente laboral sería distinto, aunque tampoco dices si es este tu caso.
He consultado a un abogado laboral y no me ha dado ninguna esperanza. Lo que pasas es que algunas cosas no las sabía y me ha quedado sensación de que no dominaba mucho mi caso. De la consulta extraigo esto:
-Que NO tengo derecho a reclamar nada, que lo firmado tiene muchisimo valor y ningun juez me va a hacer caso a mi reclamación.
Ni siquiera si el calculo del finiquito estuviera mal y no se ajustara a lo que establece la ley, que al firmar acepté y punto.
-Que NO tienen derecho a guardarme el puesto de trabajo que tal y como indica en la carta: "CESO toda mi realacion con la empresa y me comprometo a no reclamar a esta nada en ningun concepto quedando totalmente resuelta nuestra relacion laboral"...
...yo le he contestado que eso no es posible, que incluso en mi empresa me han dicho que me reservan el puesto........y el ha realizado una llamada telefonica y consultado el ordenador y no me ha dado respuesta solamente me ha dicho que lo hable con mi empresa...
-Que no tengo derecho de finiquito salvo los dias corrientes del ultimo mes que llevara, que la pagas dobles se pierden o se prorratean mes a mes y que las vacaciones al estar de baja no se generan.
...a esto le he respondido que no es posible ya que mi empresa me está finiquitando en concepto de vacacones lo que hace ver que ya aceptan dicho pago....¿entonces por que no me dan la cantidad habitual de 2,5 días por mes?....tampoco me ha respondido nada pues no estaba seguro y no encontraba la ley esa en concreto.
En fin....al menos ha sido muy educado y ético y no me ha cobrado nada, es de agradecer pues yo sinceramente he salido de allí con las mismas o mas dudas que llevaba. A ver, tampoco quiero que me digan lo que quiero oir lógicamente, si la ley es esa pues a apechugar con ella no queda otro remedio, pero he salido con mal cuerpo de la consulta pues como digo no he visto a esta persona muy puesta en mi tema.
No se si será correcto lo que me ha informado, pero si no lo fuera hubiera preferido que no me dijera nada pues para ponerme de mal cuerpo no me interesa. El hecho de que no me haya cobrado me da a entender que el mismo reconocerá que no ha podido ayudarme al 100%.
Bueno lamento meter esto el post pero es lo que me ha pasado en mi primera experiencia con abogados y no se si estaré haciendo bien en decirla aquí pero solo lo hago a nivel informativo, no es ninguna queja y nada a ningunos profesionales, y de hecho el trato ha sido, como persona muy bueno y honrado.
Aunque esto parece u examen mas que una consulta te dire:
Lo 1º es que se mezclan muchos temas juntos, pa empezar no deberían haberte finiquitado por el mero hecho de agotar plazo máximo de IT sin que haya resolución de Inc. Permanente aceptándola o denegándola.
Desde luego tu tampoco deberías haberlo firmado y menos con esas expresiones
Pero vamos yo diría que te has equivocado de puerta, has entrado en el portal del abogado, pero luego te debes haber metido en la puerta del vecino de enfrente que a lo mejor es charcutero, y claro.
Bueno esto es una broma, no estoy de acuerdo con lo que te ha dicho, de manera que repito mi anterior mensaje mejorado.:
Si puedes reclamar, buscate un laboralista DE VERDAD para que examine el finiquito y vea si merece la pena o no reclamar
Las pagas van incluidas en la prestación por IT, eso es verdad
En cuanto a las vacaciones hay diversidad de criterio, en mi opinión si se devengan las de este año, otros colegas dicen que no
Tu mismo has dicho sea en los términos más respetuosos de defensa,
es que leo que los finiquitos firmados tienen mucho valor y estaría todo perdido, pero tambien que si lo que aparece en el finiquito no se ajusta a la ley o el convenio se puede reclamar facilmente y con garantías...
estás en lo cierto, y esto último es la corriente actual frente a lo primero que era la línea de hace muuuuchos años.
Hola, pues CrisF lo de la equivocación de la puerta dices que es en broma, pero no se yo si has acertado, me explico, fuí a una conocida organización que se dedica al tema de defensa del trabajador y me han dicho que posiblemente el que me atendió NO era abogado si no una especie de asesor....no estoy seguro pero yo en la recepción pedí una consulta con un abogado laborista incluso especifiqué mi sector. El hecho de que este "abogado" realizara una llamada para informarse corrobore lo que supongo, que era una especie de asesor.....
Pero bueno, aparte de esto y siguiendo con el problema, me alegro que la ultima tendencia en cuanto a la firma de finiquitos y según entiendo sea mas flexible y con posibilidades de reclamar.
Yo estoy leyendo por todos sitios que la emprsa TIENE QUE ADMITIR AL TRABAJADOR POR OBLIGACIÓN DURANTE UN PLAZO DE 2 AÑOS TANTO SI EL TRIBUNAL MEDICO LE DA EL ALTA COMO SI LE OTORGAN UNA INCAPACIDAD TOTAL SIEMPRE Y CUANDO ESTA ESPECIFIQUE QUE ES REVISABLE.
Vamos que segun la ley tengo 2 años reservado el puesto de trabajo. Entonces estoy mas tranquilo porque aunque en el finiquito haya aceptado con la firama el cese de toda mi relación con la empresa la ley no daría validez posiblemente a este documento ya que sería ilegal.
Y si, ya que he sido muy tonto al firmar un finiquito que no tenía porque hacerlo y que me perjudica economicamente y encima los terminos que aparecen el el son muy extrictos, dijera que YO NO HE FIRMADO NADA?? no se si estaré proponiendo algo demasiado ilegal o imposible de realizar, pero evidentemente como no hubo nadie que diera fe de la firma yo podría decir que esta fue falsificada. Y no creo que le hagan a la hoja la prueba del ADN....
Tengo concertada una entrevista con una abogado, esta vez particular y que es experto en el tema laboral a ver si puede aclarar esta situación, porque imaginaos que vuelvo a la empresa dentro de x tiempo y me dicen que no me reincorporan que ya firme un finiquito.....me quedaría con los ojos como platos, luego a lo mejor se puede reclamar pero sepa dios los tramites, gastos y tiempo que esto suponga y la hipoteca no entiende de jucios hay que pagarla mes a mes.
Lo que me gustaría es que dejara nulo ese finiquito, como si no se hubiera firmado nunca, a ver si lo consigo.
Una dato mas que creo es importante, la empresa está en serios problemas ya que hay muy poco trabajo, vamos hay gente con contrato indefinico que se dedica a hacer tareas de mantenimiento y limpieza en lugar de la suya habitual. Esto es realmente lo que me da mas miedo pues la empresa vería aqui una situación inmejorable para "librarse" de un trabajador sin coste alguno....
Vaya situación mas mala, es posible que "yo pueda pedir" (no lo he querido ha sido clarmante un engaño) un cese estando con el contrato en suspenso esperando respuesta del tribunal medico??
Me podrán negar el puesto si el tribunal medico me da el alta obligatoria??
que puede haber hecho la empresa con este cese que he firmado...¿tiene que tramitarlo con la seguridad social o algo? es que claro ahora mismo se supone que estoy de baja laboralmente hablando con lo que no podría darme de baja en la seguridad social no??
Puedo ir a inspeccion de trabajo a denunciar este hecho? ya que es ilogico que yo tome una decisión que me perjudica, pues ahora con el contrato en suspenso y no pudiendo trabajar hasta que me lo ordene el INSS no tengo porque firmar mi cese en una empresa.
Queda claro que ahora ya no me importa y el olvidado el dinero que me hayan dado de menos, si no el puesto de trabajo.