La vivienda es una materia transferida a las comunidades autónomas, por lo que hay que ver cuál es la ley que le corresponde. En general, está previsto en la propia ley el posible matrimonio y la aportación a la sociedad de gananciales, aunque con muchas reservas, puesto que un matrimonio constituye una sociedad distinta del socio cooperativista, por lo que se le sugiere que busque la ley de cooperativas correspondiente a su comunidad.
He comprado una vivienda nueva a través de una cooperativa
He comprado una vivienda nueva a través de una cooperativa. Al ser VPPB, solo la he comprado yo, puesto que si la comprábamos entre mi pareja (no estamos casados) y yo superábamos el límite de 5,5 IPREM, de requisito para poder acceder a este tipo de vivienda. Pero todas las aportaciones hechas para la compra hasta ahora han sido a medias.
Nuestra idea era escriturar la casa y la hipoteca a nombre de ambos, pero en el banco nos dicen que si la vivienda la ha comprado solo uno, es él el que tiene que figurar solo en la escritura.
Puesto que las aportaciones van a ser a medias, mi duda es:
¿Existe alguna forma de que mi pareja figure en la escritura de la vivienda?
Es una VPPB, hasta que pasen 15 años no se puede descalificar, para vender o transferir, pero ¿se podría, por ejemplo, casarnos y firmar algún tipo de capitulación matrimonial que dé fe de qué si nos separamos la vivienda sea al 50% de cada uno?
Desconozco totalmente estos procedimientos, muchas gracias por su ayuda!!