Ola amigos econprado un coche financiado:me ekedado si trabajo y sin vivienda y para no dejar amiija el la calle y sin comer me e bisto obligado averderlo para poder pagar una vivienda y no dejar amiija bajo un puente y sin comer podriaisdecirme ke delito e cometido con esta accion y ke me pude pasar:no maniego apagar pero de momento no puedo.Y ademas cobro una pencion de 300 erpor minusbalia ficica:podeis decirme si asido un delito grave
Si ha podido vender el coche es por que no tenia "reserva de dominio", por que si no es lo primero que hay que quitar para poder vender. Ud imagino que tendra un prestamo personal con su banco.
ola gracias por responder ami pregunta.pero no me aclara nada si por aber vendido el coche sin terminar de pagar el prestamo e cometido al gun delito y ke podria pasarme. y por lo ke leido en el contrato el coche sigue siendo de la financiera asta ke el pago de la deuda aya sido abonado en su totalida gracias un cordial saludo
ola gracias por respoder pero como ya decia anteriormente,no asido para defraudar anadie.si no ke la situacion economica me obligado aserlo.por careser de trabajo y casi ningun ingreso.podria desirme ke es eso de alzamiento de vienes.no en tiendo a ke serefiere.ya ke yo e vendido sin aber terminado mi deuda con la financiera.gracias un cordial saludo
De alzamiento de bienes, nada.
Es una deuda que le habrán de exigir en vía civil y no en vía penal. Si no tiene para pagar, que esperen a que usted mejore de fortuna.
Kybalion, yo diria mas bien que no conoce el derecho, se ha encontrado en una situacion especial y se encuentra agustiado, no todo el mundo conoce el lexico que solemos utilizar para referirnos a algunos terminos legales.
saludos.
Sotomondro, no es eso a lo que me refiero, sino al lenguaje burdo que utiliza, que me parece excesivamente exagerado, como si tratara de emular el empleado por algunas personas en el habla coloquial. Y no digamos de las rebuscadas faltas de ortografía.
Pero, para nada me refiero al tema, por demás del todo interesante, pues la duda que plantea, desde luego que desplegará una corriente informativa del todo imprescindible.
Yo, por mi parte, no deseo malquistar a nadie. Simplemente, di mi oponión. Si he ofendido a alguien, hago pública mis disculpas, y le pido a Turrón y demás lectores mil perdones.
Por otro lado, y entrando en el tema tratado, a mi entender no existe actualmente tampoco ningún incumplimiento contractual, hasta que el Sr. Turrón deje de pagar a la financiera, que en su caso sí se dará el supuesto asunto civil, supuesto que no implica condena privativa de libertad, sino únicamente la exigencia de responsabilidad civil, es decir, resarcimiento de daños, indemnización por perjuicios y demás.
De todos modos, el Sr. Turrón es posible que haya oído el tipo delictivo de estafa, ése por el que una persona vende a otro un bien gravado, supuesto que creo que en este caso creo que no se da.
Saludos, y nuevamente les refiero mis más sinceras disculpas.