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he alquilado mi piso

6 Comentarios
 
He alquilado mi piso
14/11/2011 13:15
Hola,
He alquilado mi piso que compré en 2005 del cual todavía pago hipoteca, para irme a vivir al piso de mis abuelos que han fallecido recientemente.
Por tanto, mi vivienda habitual ha pasado a ser esta nueva y he cambiado el domicilio fiscal.
Tengo dudas de como afectará esta nueva situación a mi declaración de la Renta.
¿Puedo tener algun problema con Hacienda?
¿Me afecta a la devolución del % la hipoteca que me hace Hacienda cada año?
Los inquilinos son una pareja joven de unos 30 años, ¿tengo algun tipo de bonificación/deducción... por este motivo?
muchas gracias y un saludo.
15/11/2011 15:38
hola, sobre la primera parte yo haría la pregunta en el foro fiscal, para confirmar que no tendrá problemas con hacienda por lo deducido hasta ahora, pero que ya no podrá deducirse por las cuotas hipotecarias a partir de ahora. Sobre la segunda, tiene beneficios en el IRPF si su inquilino tiene allí su vivienda habitual y es menor de 30 años. La edad exacta es la clave. Si uno tiene más de 30 y el otro menos, solo podrá beneficiarse en proporción, o proponga que solo figure como arrendatario el menor de 30 (si tiene ingresos claro). saludos,
15/11/2011 22:16
hola akiles, muchas gracias por tu respuesta.
un saludo.
17/11/2011 14:51
Si usted no ha vivido en la vivienda un tiempo suficiente para que se haya considerado su vivienda habitual, puede estar obligado incluso a devolver las ventajas fiscales que ha tenido en ejercicios anteriores.

Le parafraseo informacion accesibe en la web:

"En este sentido, para poder aplicar las deducciones correspondientes esta debe cumplir los siguientes requisitos:

Que constituya la residencia del contribuyentedurante un plazo continuado de, al menos, tres años. Existen algunas excepciones como el fallecimiento del contribuyente o circunstancias que exijan el cambio de domicilio como el matrimonio, separación, motivos laborales, una dispacidad que no tenía anteriormente o del nuevo cónyugue…
Que el contribuyente la habite, de manera efectiva y con carácter permanente, en un plazo no superior a doce meses contados desde la fecha de adquisición o de terminación de las obras"

Saludos

17/11/2011 15:01
No habia visto que la vivienda se compró en el 2005, con lo cual entiendo que reune las codiciones de que ha sido su viviend ahabitual de sobra. Sólo dejará d epoder desgrabarse en los sucesivo por el pago de la hipoteca

Comentar que hay exenciones para le propietario solo si el inquilino es menor de 35 años. Antes era 30 años, pero como a nuestro querido presidente socialista le ha dado por estrujarnos mas a impuestos, esa ley ha variado, al menos para alquileres que se hayan celebrado este año.
17/11/2011 15:46
Si, he estado viviendo furante 5 años, por tanto era vivienda habitual. Y el inquilino tiene 32 años, por lo que entiendo que podré seguir desgrabando la hipoteca.
gracias y un saludo.
17/11/2011 18:36
No, no puede seguir desgrabando si ya no es su vivienda habitual....

En cuanto a los de los 30 o 35 años, me lie, antes era 35 años y ahora es 30, pero es para estar exento de tributar a hacienda por lo que se percibe de alquiler.... En su caso como es mayor de 30 años ya no puede deducirse el 100% de las rentas, antes sí que era para menores de 35 años.