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¿Hay que convocar al administrador/secretario a una reunión?

26 Comentarios
Viendo 21 - 26 de 26 comentarios
01/05/2007 11:27
Entérate también si declara el IRPF de sus honorarios en nombre de la comunidad.
01/05/2007 02:44
PD. y ahora aparece la firma (no se sabe quien firma) porque nos mandan a los propietarios una copia, pero cuando teníamos libro de acta y firmábamos en él (no repartía copias), pues resulta que nunca aparecía ninguna firma del secretario-administrador, claro, como tenía el libro en su poder, llegado el momento podía firmar todas las actas a la vez, mientras tanto..... pues eso.
Estoy segura que no declaran a hacienda lo que cobran en mi comunidad, pero me voy a enterar.
01/05/2007 02:02
Entonces si en el acta no aparece el nombre del secretario-administrador profesional haciendo creer que la comunidad no cuenta con este (posiblemente por temas de IVA, aunque sí acudiera a la junta) y este tampoco firmara (por los motivos que fuere), el acta no sería válida?. Te lo digo, audrey, porque mi admi. hasta hace 3 años no ha figurado en el acta como presente en junta, es decir, aparece un garabato donde pone Secretario-administradorla pero no aparece el nombre de quien firma, nadie puede saber si ha firmado un secretario-administrador profesional o ha firmado perico los palotes.
Un saludo.
30/04/2007 22:09
Se les ve el plumero.
Al administrador/secretario hay que convocarlo si es propietario al igual que al resto.
Y si no es propietario pero es secretario, tiene que asistir porque es un cargo que está nombrado por la Junta y cuya labor en ésta es tomar nota de lo que acontece.
No es que se le convoque, pero es que tiene que asistir, si no ¿quién se encarga de lo que le corresponde al secretario durante el desarrollo de la Junta?

¿Qué le corresponde?

Saludos
30/04/2007 21:43
El unico que convoca las reuniones es el presidente, es este el que dicta el orden del dia y es el que puede exigir la devolucion del libro de actas que este custodiando el administrador.

Pero lo de Ignacio tiene mas gracia
30/04/2007 19:23
Supongo que el no convocar al administrador es porque lo van a poner "a caldo".

Lo elegante es que se reunan informalmente para ponerlo "a caldo" y luego convocar una Junta de propietarios y lo echan. ¿ o además de no gustarles el administrador piensan hacer su trabajo para que después lo cobre él?.

¿hay que convocar al administrador/secretario a una reunión?
30/04/2007 13:04
Buenos días:

Queremos convocar, mediante carta del presidente a los propietarios, una reunión de propietarios. Los cargos de administrador y secretario los tiene un administrador de fincas colegiado.

¿Es necesario convocarlo a la reunión para que tengan validez los acuerdos que tomemos?

Si no es necesario convocarlo, ¿quién firma el acta para que tenga total validez legal?

Gracias.