Tengo dudas sobre que pasaría si hay varias demandas contra un mismo vecino.
Por ejemplo, supongamos un vecino pone la música muy alta. El presidente puede poner una demanda de cesación de actividades molestas en nombre de la comunidad. Pero el presidente o cualquier otro vecino puede poner por su cuenta una demanda de "no hacer" como refleja el art 710 LEC.
¿Como se relacionarían estas demandas? ¿Habría unificación de acciones? ¿Se tendría que resolver una para resolver otra?
Sobre los efectos de coza juzgada y litispendencia, ¿entiendo que no tendría efecto entre las demandas interpuestas por distintos vecinos o incluso por el propio presidente cuando demanda en nombre propio y en nombre de la comunidad, al no haber identidad de partes? ¿O por el contrario la demanda de la comunidad implica que también han demandado todos los vecinos a efectos de cosa juzgada? ¿O solo los que votaron a favor?
¿Tal vez habría prejudicialidad? El criterio parece más laxo.
Por un lado, tiene sentido valorar la seguridad jurídica y evitar sentencias contradictorias. Pero por otro, cada vecino tendrá unas circunstancias distintas e incluso pueden evolucionar, si la música del vecino le provoca trastornos psicológicos.