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hay administrador-secretario o no

16 Comentarios
 
Hay administrador-secretario o no
28/04/2010 13:29
Ya llevamos dos años, donde no se incluye en el orden del día de la Junta General Ordinaria anual, la elección de Administrador-Secretario. Solo se pone en un punto "Elección de Presidente y Junta Directiva". Despues en el acta, se recoje solo el nombre del Presidente elegido y a veces un Vicepresidente y algún vocal.
Nada de Secretario ni de Administrador.
La duda es que al no estar en el orden del día y no votarse, si se consideraría como una "ronovación tácita de dichos cargos" o que no se ha nombrado a nadie para esos cargos y que por tanto el siguiente año no existe ni Secretario ni Administrador y que esas funciones obligatoriamente las tiene que asumir el presidente.
¿Alguna opinión?.
28/04/2010 14:05
Si no se ha nombrado a nadie expresamente para esos cargos, esas funciones obligatoriamente las tiene que asumir el presidente.
28/04/2010 18:41
Gracias chelinka por contestar, asi lo creo yo tambien.
¿Alguna otra opinión?.
perfil GMC
29/04/2010 19:22
Esa opinión en qué razón legal se ampara?? El administrador es exterano? es remunerado el cargo verdad? Hay firmado un contrato de arrendamiento de servicios? Un saludo.
29/04/2010 22:52
Razon legal :

Art 13 de la LPH:
"Las funciones del secretario y del administrador seran ejercidas por el presidente de la comunidad, salvo que los estatutos, o la junta de propietarios por acuerdo mayoritario dispongan la provision de dichos cargos separadamente de la presidencia."

Solo podria contratarse externamente al administrador o al administrador-secretario (art 13).Seria por tanto imposible que el presidente ejerciera todos los cargo si hubiesen contratado un administrador externo y por tanto la pregunta careceria de sentido. La cuestion seria la renovacion o no del contrato del administrador por no haberse tratado en la junta.

saludos
perfil GMC
30/04/2010 00:02
Pero es que supongo que el cargo de administrador el que sea, fue aprobado por la Junta. Por tanto, mientras no haya revocación del mándato o cese ,habrá administrador y más si cobra. Lo que quiero decir es que si hay administrador, si además cobra es evidente que hay renocación tácita por que de lo contrario por qué se le iba a pagar??? Un saludo.
30/04/2010 10:31
De acuerdo con chelinka
03/05/2010 18:54
Pero la LPH dice que cada año hay que renovar todos los cargos.
Es lo mismo que si en la Junta General Ordinaria anual, no se pone en la convocatoria el punto de elección de presidente y Junta Directiva.
03/05/2010 19:33
Si no figura en el orden del dia y no se puede votar la renovacon, continuaran los que estaban elegidos.

Si solo se ha renovado presidente, salvo que el administrador secretario sea externo y se entenderia renovado, podria entenderse, como dice la ley, que el presidente tendra todos los cargos, por lo que si se habrian renovado pero de forma indirecta.

salvo mejor opinion.
03/05/2010 22:53
¿Donde se recoge en la ley, que se entienden por renovados los cargos, si no se lleva a nueva elección de cargos en la Junta anual?.
04/05/2010 13:59
No lo dice expresamente, pero si no ha habido voces en contra en la junta, se entiende como "acuerdo tacito" o sea que todos estan de acuerdo con la situacion.

Salvo mejor opinion
06/05/2010 16:11
Otra cuestión. Sin estar la reelección en el orden del día, al año siguiente el sueldo del Administrador se incrementa, sin que eso haya sido aprobado en Junta.
¿Es esto legal?.
06/05/2010 18:26
Podria ser aceptable si solo se incrementa el IPC.

Lo correcto es que en la junta ordinaria anual se presenten las cuentas del año vencido y un presupuesto con los gastos previsibles para el ejercicio entrante, suele sen ser los mismos de año anterior mas el IPC (Sueldo del administrador, portero, servicio de limpieza, jardineria, piscina seguro de la comunidad, pequeñas reparaciones, mantenimiento en general, reposicion de bombillas etc . y el fondo de reserva). Este presupuesto debe ser presentado para su aprobacion en la comunidad.

En muchas comunidades no se hace y luego pasa lo que pasa, que estan todo el año con juntas extraordinarias y con derramas para cualquier tonteria.

He de decirle que mi adorado administrador usa casi la misma tactica. No se incluye la renovacion de su cargo en el orden del dia y nos cuela en el presupuesto anual su sueldo bien incrementado. Figura como un todo, nadie se pone a calcular cuanto se ha subido mensualmente.
06/05/2010 21:09
Hola a todos:

Bien es cierto que aunque no ponga explícitamente el cargo de Administrador, si no se hace mención de su destitución, continúa otro año.

Ahora bien, como el Administrador forma parte de la Junta directiva, al igual que se mencionan los cargos de Presidente, Vicepresidente y algún Vocal, si no se menciona está habiendo una intencionalidad expresa en mantener su cargo, no sólo por parte de los Propietarios (que se puede entender así), sino del propio Administrador que emplea malas artes para continuar, incurriendo creo yo en defecto de forma.

Gracias por todo.

Saludos.
06/05/2010 22:02
Hola, creo que si no estan satisfechos con el administrador, lo que deben hacer es comunicar de forma fehaciente al administrador que incluya en la proxima reunión en el orden del día la elección de un nuevo administrador o la renovación del mismo, ahora bien, si se da por finalizado los servicios del arrendador antes de cumplir el año desde que este fue contratado, podrá éste requerir sus honorarios por los meses que falten para el cumplimiento del año de sus servicios. Salvo mejor criterio
07/05/2010 10:20
El problema es que el Administrador, se hace con los votos de muchos propietarios extranjeros no presentes, usando la información de domicilios postales que tiene como Secretario. Esos votos por si solos, ya suponen la mayoría.
Así, que es como la pescadilla que se muerde la cola. Es él quien ostenta la mayoría en TODAS las Juntas.
Un callejón sin salida.
07/05/2010 13:10
Hola a todos:

Kasfka, cierto es que si se echa al Administrador antes de cumplir su mandato, puede requerir sus honorarios, a excepción de que esté justificado.

Acriton, como bien expones, lo tiene facil, por lo tanto no tendría problemas en incluir que se le ha renovado a elección de los Propietarios, si no incluye nada, sigo pensando lo mismo, ya que no actúa procedentemente.

Gracias por todo.

Saludos.