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Hasta qué punto tiene derecho una empresa a renegar de un covenio?

9 Comentarios
 
Hasta qué punto tiene derecho una empresa a renegar de un covenio?
20/11/2011 20:55
Buenas tardes.

Comento mi caso.

Trabajo en una empresa de Jardinería en una capital de provincia pequeña como Ingeniero, en oficina, y desde que empecé siempre he oido la misma excusa, que no se acogían al covenio estatal porque no era acorde a una ciudad como esta si no para grandes capitales (Madrid, Barcelona,etc).
Mis preguntas son:
- Si no hay convenio de empresa, ni provincial, ni de comunidad...debemos acogernos al estatal. Tienen derecho a "renegar" de este convenio? Solo nos podemos amparar en los estatutos??
- Si me despidiesen, podría reclamar lo que no me han pagado de base salarial correspondiente por convenio durante todos estos años??

Gracias a todos
20/11/2011 23:41
Y a que convenio te riges entonces? que pone en el contrato?
21/11/2011 08:32
El contrato no indica nada al respecto, la verdad es que el contrato es bastante sencillo.

Hace un par de semanas un compañero fué padre y en vez de disponer de 4 días de permiso por nacimiento 13 de paternidad, solamente fueron 2 días 13...alegando que no están de acuerdo con ese convenio y que se tira de los estatutos....

21/11/2011 08:43
Si no existe convenio provincial o autonómico, se tiene que regir por el estatal. Aunque a la empresa no le guste.
21/11/2011 12:08
Que no indica convenio? , ahora resulta que los jefes son la Ley.. jeje como dice pacog si no hay convenio, se rige por el estatal
21/11/2011 19:19
Hasta ahí he deducido yo, llegando a un razonamiento extremo, en caso de que realmente lo hayan repudiado y esté tratándose judicialmente... hasta que haya una resolución sobre ese convenio, sigue siendo el vigente... Pero claro, con los tiempos en los que estamos, cualquiera contraviene a estos jefes que no son más que una panda de aprovechados y de hijos de ****.

Sobre mi segunda duda, si procedieran a algún tipo de despido a algún empleado, y partiendo de la base de que nadie en esta empresa se acerca ni de lejos a las bases que figuran en el convenio estatal, podría reclamarse vía judicial las diferencias salariales mensuales en los años trabajados?? Qué % de éxito podemos tener en caso de que vaya a juicio y cual sería la vía más segura para el empleado?

Gracias a todos
21/11/2011 19:26
Podrías reclamar SOLO la reclamación de cantidad de un año para atrás, lo otro se pierde.

Habría que poner un acto de conciliación por Reclamación de Cantidad y si no lo paga interponer demanda en el Juzgado de lo Social.

El % de éxito es MUY alto si tenéis las nóminas, porque ahí sale reflejado lo que ganáis y lo que os debería haber pagado la empresa según convenio colectivo, se hacen la diferencias
21/11/2011 19:33
Sí, las nóminas las entregan religiosamente todos los meses, unos 500€ menos q la base salarial que me correspondería por convenio sin contar antiguedad (Esa es otra)... además de aprovecharse de mi y de mi compañera haciéndonos trabajar 9h diarias durante todo el santo año... supongo que esa hora "extraordinaria" sería "denunciable" y podría reclamarse en ese acto de conciliación tb...

Ni suben los ipcs de cada año.
Ni suman antigüedades...
Ni primas por obra...
Ni extras...

Y así va el país...
21/11/2011 20:40
Todo eso que has comentado lo puedes reclamar.

Si aún estás trabajando, puedes poner una denuncia en Inspección de Trabajo para que te encuentren trabajando fuera del horario, realizando esa hora extra, poniendo detalladamente al Inspector a que hora te pueden encontrar realizando esa hora extra, y así tener pruebas para una futura reclamación sobre esas horas
22/11/2011 18:52
Esa me la apunto.

He de reunir a todos los empleados para exponer las cosas claras porque o todos o nadie... y a ver si conseguimos alguna mejora...