Un profesional, esta dado de alta en el IAE y cumplimenta todos los trimestres el modelo 130.
Actualmente, le deben unos honorarios por un trabajo, que aun no ha logrado cobrar.
El problema, es que esta pensando jubilarse profesionalmente y darse de baja en el IAE.
¿Que pasaria, si despues de causar baja, le abonaran esos honorarios adeudados?.
¿Tendria en ese momento que presentar un 130, o seria suficiente incluirlo en el IRPF anual?.
Esto depende de la política de cada banco. Te cuento lo que yo personalmente haría: abre una cuenta, ingresa el cheque y reintegra todo el dinero. Después con la cuenta a cero te olvidas de ella o si quieres la cancelas. Si no te dan el dinero, por cualquier escusa, te vas a otra oficina del bbva, y retiras el dinero, la otra oficina, no sabrá de que va el tema. Si dejas la cuenta a cero ellos ya no te podrán cobrar ninguna comisión(dado que no hay saldo). Es importante que no le cuentes al empleado lo que vas a hacer, porque puede ser que lo primero que haga sea cobrarte la comisión de mantenimiento, si esto es así, te llevas el cheque a tu bannco, y por lo menos que la comisión se la lleven ellos.
No olvides una vez cobrado el cheque y a ser posible cancelada la cuenta, escribe una carta al director general quejandote del tema, de esas cartas que hay en las oficinas, funciona.
Suerte...y cuentanos.
PIDO DISCULPAS, ME EQUIVOQUE AL DAR MI RESPUESTA.
Estoy con Apolo, si está jubilado, bastará con que declare el ingreso en su declaración de IRPF.
Saludos
Si era profesional, el ingreso lo declarará en el momento de emitir la factura, no en el del cobro. ( a no ser que lleve el sistema de cobros y pagos, que es raro).
Por eso, cuando se jubile, el trabajo ha de estar facturado, declarado y tributado, y cuando lo cobre no tendrá que declarar nada.