Estaba de alquiler en un piso que abandoné cuando heredé uno nuevo. Al marcharme no mandé el preaviso al arrendador.
Quisiera saber si el arrendador puede reclamarme el impago del alquiler de los siguientes ocupantes de la vivenda (tengan contrato o no). Yo puedo acreditar, mediante recibos de luz, gas, etc. que resido en otro lugar.
El hecho de que usted resida en otro lugar no significa, en sí mismo, que se haya resuelto el anterior arrendamiento; por lo que el arrendador podría reclamarle las rentas hasta la extinción. Que le exija o no las rentas de un período en que la vivienda ya estaba ocupada por otros dependerá de la honestidad de éste.
Quedo a su disposición,
Motta&L Abogados
Madrid
mottayl.abogados@gmail.com
Muchas gracias por la respuesta. Veo que es un tema delicado... Si no le mando el preaviso sigo siendo la inquilina y, por tanto, las rentas que podría reclamarme se irán incrementando con el paso del tiempo.
Por contra, si le mando el preaviso transcurridos tres años desde que me cambié de casa estoy aceptando que esos tres años los he pasado en mi anterior domicilio, con lo cual le sirvo en bandeja que me reclame la renta de esos tres años.
La verdad es que hay leyes que no las comprendo. Creo que lo lógico sería que, una vez un piso está habitado por una persona, con o sin contrato, y con conocimiento del dueño se resolviese automáticamente el contrato anterior.
Realmente, sí es una situación compleja. Entiendo, entonces, que usted se marchó sin más, no sólo sin avisar anticipadamente sino que tampoco comunicó su marcha cuando ya se hizo efectiva.
Entiendo, así mismo, que no había fianza depositada, aunque me gustaría saber si existía contrato.
Por otra parte, ¿tiene realmente conocimiento de que el piso vuelve a estar ocupado?
Quedo a su disposición,
Motta&L Abogados
Madrid
mottayl.abogados@gmail.com
2) Me marché y se quedó mi ex-pareja con el consentimiento del arrendador.
3) El arrendador no quiso redactar un nuevo contrato ya sea por comodidad o por desidia. Nos conocía porque el arrendador y sus tres hijos viven en 4 viviendas de la finca.
Y esa fianza seguirá vinculado al contrato y supongo que su ex pareja sigue viviendo allí.Y entiendo que tiene algún temor de que existan cantidades pendientes de pago.
Efectivamente, mi ex pareja sigue viviendo ahí y ha dejado a deber, previo acuerdo con el dueño, veinte mensualidades. Y digo que fue con el consentimiento del arrendador ya que éste permitió que mi ex siguiera viviendo en el piso hasta que éste cobrase unas cantidades por unos trabajos que ya se habían realizado. Lo malo, es que el cobro todavía no ha llegado, aunque me consta que llegará. Pero claro, el dueño del piso piensa en que le están tomando el pelo.
El contrato se renovó a los cinco años, pero fue una renovación verbal. No se firmó nada. Supongo que, tras esa renovación que creo es de tres años, las siguientes de un año se producen automáticamente si no media denuncia de las partes.