Buenos días,
Tengo un cliente que fue jubilado forzoso a los 65, pero conseguí que se le reconociera despido improcedente, con sentencia que ya es firme. Como jubilado de esa Empresa, dicho cliente tenía una serie de beneficios sociales QUE LA EMPRESA LE HA QUITADO antes de ejecutar la sentencia. Mi opinión al respecto es que hasta que no se ejecute la sentencia, mi cliente continua en la misma condición en que lo puso la propia empresa, es decir, JUBILADO; y que esta condición la perderá cuando la sentencia se ejecute, y que precisamente entonces y sólo entonces pasará a la de despedido. ¿Es cierto esto que pienso? Necesito leyes o jurisprudencia en que basarme. Gracias.