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Han acordado en junta impedir el acceso con vehiculo a trasteros de la planta garaje

31 Comentarios
Viendo 21 - 31 de 31 comentarios
21/10/2020 17:03
Piipa
A ver vo y a responder a varios de vosotros, espero que no se me escape nada.

Primero de todo, Piipa con todo respeto creo que estas buscando cinco patas al gato, es de cajón (como tú dices) que quien acceda a su trastero con su vehículo es para cargar y descargar, lo cual no debe demorarse mucho tiempo. Es un momento y ya está. El que ocupe una plaza de garaje que no es suya o el que obstaculice el vial debe ser sancionado por ello. Pero no es este el caso. Quienes compran esos trasteros cuentan con acceder con su coche para cargar o descargar en un momento dado sus bártulos y marcharse (es de lógica). Se echan atrás porque las administradoras de la comunidad se niegan a darles un mando del portón, con lo cual los trasteros dejan de cumplir sus expectativas y al final no compran los trasteros.

A Juan S le digo que tiene toda la razón, debería bastar esa impugnación interna para hacer entender a los administradores de la comunidad que ese acuerdo es lesivo, contrario al título constitutivo (que reconoce la posibilidad de acceder via peatonal o con vehículo) y coharta los derechos de uso y disfrute que tienen inherentes los propietarios de los trasteros conforme al artículo 396 del código civil. Pero siento informarte que no son administradores sensatos sino que en esta comunidad los problemas los crea la propia administración porque buscan perjudicar a la promotora. Existe una enemistad entre los administradores y el gerente de la promotora porque son familia y acabaron enfrentados. Por tanto tu solución ojalá se pudiera dar pero lamentablemente no es viable.

Y Jalisco, claro que hay otros propietarios de trasteros en la misma situación pero estamos hablando que la gran mayoría de trasteros pertenecen a la promotora. Y ahora que se ha decidido vender los trasteros para pagar las cuotas pendientes con los importes de esas ventas, justo ahora se decida cerrar el acceso a los trasteros con vehículos cuando llevan años permitiéndolo (insisto, es el título constitutivo el que reconoce ese acceso con vehículos).

De verdad no quisiera entrar en polémicas. Solo quiero saber las posibles vías de solución a la situación que tenemos.

Os agradezco a todos vuestro interés y participación.
21/10/2020 16:31
Es que no existe actualmente ningún trastero vendido?
S existe alguno vendido ese propietario esta siendo perjudicado igualmente o es que a él no le afecta?
21/10/2020 15:54
Juan S
Creo que el sentido común es lo que echa atrás a los posibles compradores Juan.
En que cabeza cabe que se pudiera bajar con coche a una cochera donde no tienes plaza para aparcar?
Que bajes con una bicicleta o una moto incluso que te puede caber en tu trastero, vale, pero un coche no cabe y dónde lo piensas dejar???
Desde luego los viales son zonas comunes y en ellas no se puede dejar nada, ni coches ni bicis, ni muebles, etc
No les echa para atrás el acuerdo de la comunidad ya que aún sin acuerdo es de cajón que en zonas comunes no se puede dejar nada y menos que obstaculice el tránsito normal. Lo que echará para atrás a los posibles compradores es que el que las vende lo quiera embaucar prometiendo que con posibles demandas a la comunidad podrá aparcar su coche tranquilamente en zonas comunes...
La mayoría pensara que comprar a alguien con semejante argumento no puede traer nada bueno y se retiran.

Imaginemos la situación. Bajas al garaje para coger tu coche cada día para ir a tu trabajo y te encuentras varios coches estacionados en los viales (zonas comunes) que no sabes dónde están sus dueños...puede que en sus trastero, ve a buscarlos..., (a saber cuánto tiempo tarda en aparecer a quitar el coche), eso si no se han ido y sencillamente han dejado el coche aparcado, con la excusa de que estan en su trastero...

Por qué dígame Juan, que tiempo puede estar estacionado? No hay tiempo, verdad, es decir puedo dejar mi coche e irme y si el dueño de una plaza de garaje no puede aparcar por que se lo impide mi coche que se aguante. Muy razonable pretender tener derecho a base de quitárselo a otros...
21/10/2020 14:18
RubenLopez
A veces es suficiente una "impugnación interna". O sea un escrito contundente dirigido al administrador y al presidente advirtiéndoles de los perjuicios causados y de los que tendrían que responder, en particular el administrador que debe ser conocedor de la ilegalidad del acuerdo.

Dado que ese acuerdo, de ninguna manera vincula a futuros compradores de trasteros, ¿cuál es el motivo de que se echen para atrás de una posible compra?
21/10/2020 13:20
Buenos días.
Es muy muy raro que un trastero por sí solo tenga a la vez acceso peatonal y con coche...a no ser que compre una plaza de garaje para dejar el coche mientras entra y sale al trastero o se pasa las horas que quiera colocando en su trastero o de recados y mira que bien sin haber desembolsado lo cuesta una plaza tent lis mismos derechos...y pagando una ridiculez a la comunidad ya que la cuota de participación es mínina...Por qué dígame cómo van poder aparcar los que tienen plaza de garaje si la zona común está obstaculizada por coches que no tienen plaza?
Imagínese que le plantan un armario enorme delante de la puerta de acceso a su vivienda y le dicen que como es zona común pueden dejar ahí el armario el tiempo que quieran, pues esto es la mismo, ya que se estaría dando derecho a que en una zona común (que son los viales del garaje) se utilizaran para obstaculizar la entrada a las plazas de garaje.
Muy raro que un juez le diera razón en semejante disparate.
Un saludo
21/10/2020 10:53
DickTurpin
Si, ya lo había pensado pero no conozco a nadie que quiera entablar demanda, simplemente quieren comprar y evitarse problemas.

He leído el artículo 396 del código civil. Entiendo que conforme al mismo los trasteros del garaje tienen inherentes su derecho de acceso por la rampa para su adecuado uso y disfrute. Así, siendo el acuerdo adoptado por la comunidad contrario a este artículo del Código Civil sería nulo de pleno derecho al ser contrario a una Ley distinta a la Ley de Propiedad Horizontal. Para demandar por esa vía no se requeriría estar al corriente de pago, ¿verdad?
21/10/2020 10:30
Vender un trastero a un tercero que controlen ustedes, pagar la cuota del mismo y que el propietario de dicho componente impugne el acuerdo.
21/10/2020 07:59
Juan S
Si que nos enviaron copia del acta, fue en julio, pero no podemos impugnarla porque tenemos cuotas pendientes de pago. De hecho tratamos de vender los trasteros para poder pagar la deuda pero con decisiones como esta nadie nos va a querer comprar un trastero al que no puedan acceder con vehículos a cargar y descargar los bartulos.
20/10/2020 20:53
RubenLopez
Lo primero es impugnar ese acuerdo, añadiendo que si no rectifican tendrán que responder de los perjuicios.
Si no hay rectificación inmediata, a los tribunales.
P.D. ¿Os han dado copia del acta donde figure el acuerdo, qué mayoría, etc?
20/10/2020 17:46
jalisco
Si, los trasteros tienen asignada su cuota de participación en relación a toda la edificación. Ocurre que están pendientes de abonar. Precisamente por ello se acordó con la comunidad que vendamos los trasteros y con el dinero de la venta la comunidad se vea satisfecha su deuda. Pero con actitud no dejan opciones.

La puerta de acceso peatonal la han hecho en el centro del porton, pero es muy estrecha y han dejado un escalón debajo, por lo que es imposible a los propietarios de los trasteros pasar con numerosos enseres que no caben por ese hueco ni pueden sortear ese bache, como electrónomésticos y demás.

Lo peor de todo es que la comunidad tiene una enemistad clara con nosotros, no es el único perjuicio que nos están causando.
20/10/2020 17:33
Ustedes los trasteros contribuyen a todos los gastos de mantenimiento del garaje. Vado, limpieza garaje, luz, mantenimiento de puerta, mantenimiento de cuadros de alarma de incendios y Co2, y más mantenimientos si los hubiese?
Han acordado en junta impedir el acceso con vehiculo a trasteros de la planta garaje
20/10/2020 17:18
Buenas tardes, este es un tema urgente.

Una comunidad de propietarios ha aprobado en junta que los propietarios que sólo tengan trasteros situados en la planta semisótano (donde hay plazas de garaje, y también trasteros) pero que no sean dueños de ninguna plaza de garaje, a partir de ahora sólo podrán acceder a sus trasteros por una entrada peatonal.

En las escrituras de los trasteros se hace referencia a que los trasteros tienen acceso peatonal y acceso de vehículos; con lo cual el acuerdo resulta contrario a los estatutos de la propia comunidad.

Somos la promotora del edificio, y tenemos cuotas pedientes de pago con la comunidad. Por ello se decidió vender los trasteros a particulares que no residen en el edificio, pero con esta decisión se está imposibilitando que podamos venderlos, dado que los nuevos propietarios no podrían acceder a su trastero con vehículos para cargar y descargar los bártulos.

¿Qué podemos hacer? Las administradoras se niegan a dar mandos del porton del garaje a dueños de trasteros que no tienen plazas de garaje.

Gracias, un saludo.