Recibo notificación de no tener derecho en virtud de lo establecido en el Art. 3 f) 2 de Ordenanza fiscal reguladora de la exension del IVTM, aún siendo minusválido por presentar dicha solicitud en Abril del presente año. Según me dicen debía haberla presentado antes del 1 de Enero de 2.005.
¿Es esto cierto?