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¿habrá juicio?

9 Comentarios
 
¿habrá juicio?
21/04/2010 13:49
mi cuñado estaba metido en en tema de deltio y antes de la declaración habló con el denunciante y pago todo con intereses. El denunciante pidió el archivo y renuncio pero la juez siguió y ahora hay procedimiento abreviado.

¿si el fiscal quiere juicio oral y el denunciante y el denunciado pidieron archivo, habra juico oral?¿cuantas posibilidades hay que no lo haya?

gracias y me intersa opiniones de gente que entienda.

yo entiendo que se puede apreciar que fue un mal entendido y si se arregló el asinto el por qué ira a juico oral
21/04/2010 14:46
Todas. Habrá juicio y probablemente condena.
El penal es indisponible para las partes.
21/04/2010 14:52
yo no estoy de acuerdo, cada caso es un mundo.

y el juez tiene la ultima decisión y porque el fiscal quiera ir al juicio y el denunciante no, el juez aún puede archivar el asunto
21/04/2010 15:16
además yo creo que no es lo mismo una denuncia penal por un supuesto delito privado ( entre dos personas) que por un delito público. Yo creo que por un delito privado el juez tiene más posibilidades de sobreseimiento al haber acuerdo que con público . Por favor ayuda de alguien que entienda y me lo pueda corroborar
21/04/2010 16:33
Amigo Filgis, la frase "pagó todo con intereses" sugiere que se trata de un delito patrimonial. Los delitos patrimoniales son todos públicos.

Como Crispulo (que es abogado) te ha dicho, el penal es indisponible.

Un juez no puede archivar ni decretar el sobreseimiento de un delito público habiéndose acreditado que el delito existió y estando identificado el supuesto autor, por mucho que al denunciante no le interese continuar.

Está claro que no sabes lo que son los delitos públicos y los privados. Los delitos privados no son los que se dan entre dos personas y los públicos los que afectan a más, sino los que la ley establece que son una cosa u otra.

Los delitos privados son sólo dos: Las injurias y las calumnias, el resto son públicos o semipúblicos, cualquiera que sea el número de personas implicadas.

El asunto continuará y habrá juicio, sólo puede evitarlo que tu cuñado se conforme con una pena pactada, entonces no habría juicio pero sí condena, y la pena se rebajaría.

21/04/2010 21:52
El haber reparado el daño es una atenuante que se tendrá en cuenta a la hora de imponer la pena.
21/04/2010 22:59
Filgis ¿Para qué preguntas si luego dices que no estás de acuerdo?
Yo te digo lo que hay, es un delito público y el penal es indisponible para las partes.

Otra cosa es lo que quieras entender...

Como quiera que el fiscal no va a renunciar a la acción (y hace bien), habrá Juicio y probablemente condena (refieres que hasta incluso siguieron los trámites por el abreviado).
22/04/2010 16:37
el dinero no fue para reparar el daño, sino que la mercancía que le tenía que llegar a mi cuñado no llego y antes de que llegara, por no esperar el amigo puso una denuncia y mi cuñado al ver que la compraventa estaba truncada le devolvió el dinero actualizado con los intereses. jamás hubo ningún delito sino una compraventa truncada y la denuncia solamente fue puesta por un cliente que no tenía paciencia
22/04/2010 16:40
añadir a mi último mensaje que cuando mi cuañado le devolvió el dinero, el denunciante se dió cuenta que había cometido un error al poner la denuncia y que era solamente una compraventa truncada
22/04/2010 17:30
El penal es indisponible, y los delitos contra el patrimonio son públicos. Pero el penal también es última ratio, y está informado por el principio de intervención mínima, y no todo perjuicio patrimonial tiene por que ser delito.

Antes de dar una opinión fundada habría que ver con detalle lo sucedido, fechas de encargos, de incumplimientos, de denuncia, existencia o no de requerimientos previos a esta, etc., para valorar si, al menos indiciariamente, se podría presumir una voluntad de causar un perjuicio que fuera digna de persecución penal.

Eso es lo que hará ahora el fiscal. El juez ha seguido los trámites habituales, que es abrir procedimiento abreviado y dar traslado al fiscal para que acuse. No sería la primera vez que el fiscal pide el archivo, por no apreciarse ilícito penal y ser tan sólo un tema civil. Es cierto que el mismo juez podría haber archivado, pero por desgracia cada vez hay menos instructores valientes y/o con conocimientos suficientes, y así traspasa la papeleta al ministerio fiscal. ahorrándose por otro lado la posibilidad de que este recurriera un eventual archivo.

Todo ello, repito, sin perjuicio de que sin conocer en profundidad los hechos cualquier valoración efectuada desde aquí resulta temeraria. Por lo que ha explicado puede ser que el fiscal acuse, pero también que solicite el archivo.