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Hablar mal de alguien

14 Comentarios
 
08/01/2015 23:32
arturojgil, pruebate.
08/01/2015 21:58
Además de lo dicho, por supuesto, reproducir un mensaje del que tú eres destinatario no es ilegal en absoluto.
08/01/2015 21:09
Si publicas el contenido de los whatsapp, violas su intimidad. Te digan que no o te digan que las ranas tienen pelo. Y según lo que divulgues, iras al talego mas tiempo. Nada de salirte mas caro; iras mas tiempo a la cárcel. Bueno, multa tambien te pondrían e indemnizacion por el daño.
08/01/2015 20:59
Legolico, estás en todos lo hilos y, solo logras confundir al personal. Morinelli y Isd2 son respuestas con lógica y argumentadas profesionalmente, en todo caso, serian INJURIAS o CALUMNIAS si con ellas se faltase a la verdad, si dicho Sr. arturojgil no puede demostrar que al Sr. que le pide la deuda contraída con él dicho Sr. podría éste denunciarle por injurias o calumnias. (juicio de faltas 100 €).
Antes de informar...., pregúntale a tu "papa".

Delirios de grandeza tienes "majete"
08/01/2015 20:32
No hemos hablado de publicar wassap, si no de demostrar dicha deuda con ellos.

Arturo: decir que alguien te debe dinero NO es delito de amenazas, ni avisarle que lo vas a hacer si no paga. Y lo sería menos aún si es cierto y lo puedes demostrar.

Morinelli es abogado en ejercicio con muchos años de experiencia, yo también lo soy. Legolico es alguien que una vez vio un libro de leyes en el escaparate de una tienda. Haz caso a quien tu creas que tiene mayor credibilidad ;)
08/01/2015 20:18
Si publicas el contenido de los whatsapp, violas su intimidad. Te digan que no o te digan que las ranas tienen pelo. Y según lo que divulgues, iras al talego mas tiempo. Nada de salirte mas caro; iras mas tiempo a la cárcel. Bueno, multa tambien te pondrían e indemnizacion por el daño.
08/01/2015 18:41
Pues la verdad es que no me queda claro. Aunque tiene tela la verdad, q t robe alguien y le digas q t devuelva el dinero o se lo cuentas a sus amigos/padres y que te pueda caer un puro.. si es que como no va a ir mal el pais con una justicia asi. Si lo denuncio son 400e y no lo veo jamas, ademas a abogados y demas me saldra mas caro. Mi prueba son conversaciones de whatsap. Bueno, y lo peor es que la persona es abogado recien graduado, o sea que me jodera seguro. En fin, q justicia. Sale mejor mandarle 3 rumanos xD
08/01/2015 15:36
No hay amenazas.
08/01/2015 10:55
Artículo 171 CP.

1. Las amenazas de un mal que no constituya delito serán castigadas con pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a 24 meses, atendidas la gravedad y circunstancia del hecho, cuando la amenaza fuere condicional y la condición no consistiere en una conducta debida. Si el culpable hubiere conseguido su propósito se le impondrá la pena en su mitad superior.

2. Si alguien exigiere de otro una cantidad o recompensa bajo la amenaza de revelar o difundir hechos referentes a su vida privada o relaciones familiares que no sean públicamente conocidos y puedan afectar a su fama, crédito o interés, será castigado con la pena de prisión de dos a cuatro años, si ha conseguido la entrega de todo o parte de lo exigido, y con la de cuatro meses a dos años, si no lo consiguiere.

3. Si el hecho descrito en el apartado anterior consistiere en la amenaza de revelar o denunciar la comisión de algún delito el ministerio fiscal podrá, para facilitar el castigo de la amenaza, abstenerse de acusar por el delito cuya revelación se hubiere amenazado, salvo que éste estuviere castigado con pena de prisión superior a dos años. En este último caso, el juez o tribunal podrá rebajar la sanción en uno o dos grados.

4. El que de modo leve amenace a quien sea o haya sido su esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a ochenta días y, en todo caso, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a tres años, así como, cuando el Juez o Tribunal lo estime adecuado al interés del menor o incapaz, inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento hasta cinco años.

Igual pena se impondrá al que de modo leve amenace a una persona especialmente vulnerable que conviva con el autor.
08/01/2015 10:50
Pero en el caso inicial, está amenazando con divulgarlo a los amigos del otro.
08/01/2015 10:46
Morinelli, lo que no es una amenaza es decirle: "o me pagas o te mando a la luna". Salvo violencia de genero, que si lo sería.
08/01/2015 10:44
Otra cosa es que le digas: "o me las devuelves, o te denuncio". Esto no sería una amenaza, siempre y cuando te haya robado realmente.
08/01/2015 10:42
No hay amenazas. Ni calumnias en caso de que lo puedas probar.
08/01/2015 07:37
Estas amenazando con divulgar tal hecho. Así pues, te acusarían de amenazas. Y si lo llegas a divulgar, agravante que te crió.
Hablar mal de alguien
08/01/2015 00:29
Hola buenas,

Primero que nada, gracias por ofrecer esta ayuda. Para gente como yo que no tiene ni idea es muy útil.
Mi pregunta es fácil:
Si una persona me roba un dinero, ¿puedo decirle que me pague o se lo cuento a todos sus amigos de Facebook?
La lógica me dice que no debería poder acusarte de nada, ya que estás diciendo la verdad sobre el. Pero peores cosas he visto.
¡Muchas gracias!

Saludos,