Hola:
En un nuevo plan general de ordenación urbana amplian los terrenos urbanizables y dejan rodeado por terrenos urbanizados y urbanizables una serie de parcelas en las que en la mayoria hay construidos chalets y otras sin construcción, ya que sus propietarios esperaban la recalificación con el fín de construir dentro de la legalidad.
La denominación que le han adjudicado es la de habitat rural y espacios verdes.
Incluso por este terreno marcan viales para el servicio de las urbanizaciones más alejadas del nucleo urbano.
Esto es normal? . Tengo entendido que la función de la urbanización es para mejorar la calidad de vida del ciudadano.
Estando en el momento del Avance del plan, entiendo debemos presentar alegaciones o propuestas, pero si a pesar de ello nos dejan rodeados por terrenos urbanizables, ¿Podemos recurrir de algún modo?
El momento adecuado para la presentacion de alegaciones, es durante el periodo de informacion publica posterior a la aprobacion inicial (estar atentos a la fecha). Con la exposicion del Avance solo se pueden presentar sugerencias de temas mas amplios e incluso alternativas de planeamiento, pero sin la importancia de una alegacion.