Vivo en un edificio de los 70, y en el rellano de la escalera de mi planta hay una minipuerta que da a una habitación que en planta pertenece al edificio contiguo, pero que en las escrituras de mi bloque dice que le pertenece al propietario de la segunda planta, que soy yo.
La cosa es que los vecinos de la casa de al lado, hicieron obra hace 10 años más o menos y se quedaron con esa habitación tapiando el acceso a ella desde mi planta.
La cuota que yo pago de comunidad es más alta que los demás vecinos, porque me pertenece ese cuarto conflictivo.
Y la situación es que en las escrituras de mi piso no aparece esa habitación, pero en las de propiedad horizontal del edificio entero sí aparece y consta que yo soy el propietario.
¿Qué debo hacer entonces? Porque no quiero pagar más a la comunidad si no tengo en mis escrituras la habitación dichosa, pero si realmente he de hacerle caso a las escrituras del bloque entero, debería quedármela. Y eso, ¿cómo lo hago? ¿Tiro directamente la tapia que los vecinos pusieron? O les aviso primero... No sé hasta qué punto tengo derechos yo sobre esos metros si en mi escritura no aparece nada sobre ella...
Gracias.
En primer lugar, si la habitacion no pertenece al edificio de su vivienda, no tendria por que tener un coeficiente superior.
En segundo lugar, es extraño que en la escritura de division horizontal del edificio de su vivienda, aparezca esa habitacion (de otro edificio) como parte de su vivienda y en este caso, que no se haya transcrito este hecho a su escritura de compraventa.
Habria que empezar, solicitando en el Registro de la Propiedad, copia simple de la inscripcion de ambos edificios, para comprobar que dice en ambas lo referente a esa habitacion.
¿Estaba esa habitacion anexionada a su vivienda?. ¿Que uso tenia?.
¿Como es que hace 10 años, cuando los vecinos del otro edificio, tapiaron la comunicacion, usted no protesto?.
¿Quien del otro edificio, se ha apropiado la habitacion?.
Para darle una contestación los más certera posible habría que estudiar cuidadosa y detenidamente las Escrituras de Obra Nueva y División Horizontal tanto de su finca, de la finca colindante y su escritura de propiedad, pero si despues de más de 30 años no se ha preocupado de dicho habitaculo, creo que no es el momento de ponerse hacerlo, ya que todo lo que haga para tratar de recuperarlo le va a costar dinero, tiempo y quebraderos de cabeza que seguramente no le merezcan la pena.
Contestación realizada por gentileza de www.movilgestion.es