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habilitación jurisdicción eclesiastica

8 Comentarios
 
26/10/2006 07:47
Por cierto, se me olvidó decirlo: este Tribunal de la Rota de España tiene su sede en Madrid.
26/10/2006 01:00
Compañero Paco Perez: ¿tú también estás de conya? ¿de veras Belvedere y tú sois licenciados en Derecho?

El Tribunal de la Rota no está en la localidad de "Rota" (Cádiz), por lo que no es necesario habilitarse en su colegio. El Tribunal de la Rota está en Roma, y cuenta con una especie de 2ª sede para los católicos españoles, denominada Tribunal de la Rota de la Nunciatura Apostólica oTribunal de la Rota de España.

Por otra parte, como dice leticia, cualquier abogado que desee actuar ante los tribunales eclesiásticos, deberá estar previamente habilitado para ello por la curia.
25/10/2006 19:32
Las nulidades eclesiásticas sólo pueden llevarlas los abogados de la Rota para lo cual tienes que hacer un curso impartido por ellos para estar habilitado.
25/10/2006 18:12
Hola, tienes que acudir al arzobispado de tu zona. No se exactamente como se divide eso de los arzobispados, creo que va por provincias. En cualquier caso y según mis ultimas noticias tienes que estar habilitado ante esa Jurisdiccion, me comentaron que pedían algún tipo de requisito pero no estoy muy segura. Hace unos años llevé una nulidad y de aquella no pedían nada, fue posterior, por lo menos aquí. Y supongo que en tu colegio tambien te podrán informar.
25/10/2006 14:27
¿por qué de coña?, ¿es que se ha equivocado?
25/10/2006 00:34
Supongo que estarás de conya ¿no, Belvedere?

Salut
24/10/2006 15:44
apatrullando la ciudad he encontrado esto, que igual te sirve

http://www.archivalencia.org/document/pontificio/juanpablo_ii/motu_proprio/jpii1999_normastribunalrota.htm

24/10/2006 14:32
Tienes que pedirla al Colegio de Abogados de Cádiz, puesto que has de actuar en el Tribunal de La Rota.
Habilitación jurisdicción eclesiastica
24/10/2006 14:20
Hola, quiero llevar una nulidad de un matrimonio canónico ante la jurisdicción eclesiastica: ¿ante qué juzgado puedo interponen la demanda de nulidad?, ¿he de estar autorizado o legitimado de alguna manera?

Un abrazo