Hola.Mi ex vive en la casa que pagamos ambos a medias con nuestro hijo.
Pero ademas vive su pareja y han tenido un bebe en mayo.
¿donde esta el sentido comun en este pais?¿podre hecharla y que no obliguen a alquilar?
En este país lo que falta es vergüenza ,y sobra mucho caradura. Ya le digo.
O sea Vd.debe de pagar el 50% de un piso que es mitad suyo y del que no va a poder disfrutar durante muchos años ,no ya para darle habitación a su hijo ,sino a un hijo que no le corresponde y a un padre que vive totalmente de gorra..
Hable con un abogado a ver que puede conseguir .
Suerte.
A mi marido le pasa algo parecido, su ex vive con los niños en la casa que es propiedad de los dos y ella vive alli con los niños y estamos seguros que el novio tambien (pero no podemos demostrarlo) y en el convenio de divorcio pone que no pueden vivir terceras personas en el piso sin consentimiento de mi marido.
Me parece que, si algo está claro, es que nuestro sistema judicial....hace aguas por todos lados.
De otra forma no se explica que este tipo de cosas ocurran.
No conozco otros ámbitos pero... el derecho de familia....me parece resulta PENOSO!!!!
Reclame todo lo que pueda y todo cuanto esté a su alcance. Aunque ya preveo que no será nada fácil...
AVANCE
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El tribunal ordena vender un piso de dos separados porque lo usa también la nueva pareja de la mujer
La Audiencia de Almería considera "inadmisible" que un tercero se beneficie de la casa
M. J. LÓPEZ DÍAZ - Almería - 26/04/2007
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La Audiencia de Almería ha ordenado la venta de un piso de Rafael Rodríguez Santiago y su ex esposa, quien ocupaba el inmueble con su hijo desde la separación del matrimonio en marzo de 2001. Ambos conyuges son titulares del piso y pagaban al 50% la su hipoteca. La mujer rehizo su vida con un nuevo compañero, quien se trasladó a la casa. La Audiencia autoriza ahora a que se venda el piso al considerar "inadmisible por absurdo" que pueda beneficiarse un tercero ajeno al matrimonio del uso de un piso que se estableció para proteger a la mujer y al hijo, de 16 años.
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Rafael Rodríguez: "Cuando me enteré de la sentencia, me hinché de llorar"
La ex esposa de Rafael Rodríguez solicitó el divorcio el 23 de enero de 2005. También reclamó mantener el uso de la vivienda familiar, pese a que el esposo alegó que la incorporación de la nueva pareja modificaba las condiciones del primer acuerdo de separación. La sentencia en primera instancia consideró que no se produjo cambio en el uso del piso, situado en la calle Buenavista de la capital almeriense, por parte de la mujer, "con independencia de que sea cierto o no que vive una tercera persona".
El ex esposo recurrió. En la actualidad, el menor tiene 16 años y convive con su madre en el domicilio objeto del litigio. Rafael alegó que su ex mujer vive maritalmente con otro hombre y posee recursos económicos suficientes, por lo que solicitó la modificación de las medidas concernientes al uso del piso. El tribunal de la Sección Primera de la Audiencia, presidido por Benito Gálvez, le ha dado la razón.El tribunal dice que "resulta innegable" que se ha producido una "esencial modificación" de las circunstancias de la separación. "Habría que admitir como lógico lo que a todas luces nos parece inadmisible por absurdo, esto es, que de la vivienda que constituyó el domicilio familiar, común y ganancial asignada a una esposa separada y al hijo de su matrimonio para la protección de su más favorable interés, pueda beneficiarse un tercero ajeno al matrimonio, sin posibilidad alguna de acción por parte del marido, cotitular de la vivienda".
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El tribunal considera "lógico" y "oportuno" que, si la mujer desea fundar con una tercera persona una familia o unirse establemente a ella, "forme nuevo hogar renunciando al privilegio del que, en atención a su anterior situación, venía disfrutando". En su fallo, el tribunal decreta la extinción de la atribución del uso de la vivienda ganancial a favor de la esposa e hijo y autoriza a las partes a la venta de la misma o su adjudicación a uno de ellos con el consiguiente abono al otro del importe correspondiente.
Rafael Rodríguez, que trabaja como carnicero, destacó ayer la importancia de la sentencia de la Audiencia de Almería. "Cuando me enteré de la sentencia, llegué a mis casa y me hinché de llorar. Ha sido una lucha de casi seis años. Yo vivo compartiendo piso con dos personas más. Tras la separación me junté con una chica y tengo otro hijo con ella. Pero mi pareja vive en casa de su hermana con mi otro hijo porque no tenemos recursos", explica.
Rafael asegura que su ex mujer lleva conviviendo cuatro años con su nueva pareja en el domicilio conyugal y que se ha visto afectado económicamente de manera injusta. "Los primeros años yo pagaba el importe total de la vivienda porque ella trabajaba sin contrato y no se podía demostrar que tuviera trabajo. También pagaba la manutención de mi hijo. Cuando me quedé un año en paro acumulé retrasos en los pagos y he llegado a pagar 780 euros mensuales. Mi sueldo es de 980 euros".
Para la abogada que representa a Rafael Rodríguez, Isabel Bonilla, la sentencia"es un paso más para que podamos llegar a la guardia y custodia compartida en situaciones justas y, sobre todo, que los cónyuges, cuando se vayan a separar, lleguen a un entendimiento"
En el proceso, Bonilla, además de solicitar la extinción del uso de la vivienda pidió de forma subsidiaria, en caso de que el tribunal no acordara dicha extinción, que la mujer abonara a su ex marido una indemnización acorde con el valor de mercado que tuviera una renta de una vivienda de condiciones similares en cantidad equivalente a una tercera parte. "Es que la casa es de los dos. Pero hay un tercero que llega de rositas, porque no fue un factor que se tuviera en cuenta en el momento de la separación. La mujer hace del uso que ella tiene atribuido por su hijo -ya que se ha quedado con el uso de la vivienda por el menor- el abuso de meter a un tercero. Y este tercero está beneficiándose de algo que era de otra familia", razona la letrada.
"La Audiencia ha tenido el coraje de enfrentarse con esta situación abusiva y darle una respuesta justa, valiente y eficaz", añadió la abogada.
Según dijo, el fallo va a beneficiar a las parejas que están en situación de separación o de divorcio y evitará que se sigan produciendo situaciones abusivas por parte de "terceros que no tienen nada que ver con la familia anterior y de la cual se vienen beneficiando".
no hay justicia. Viesca no paga la pensión. Algunas madres se quedan un piso que no es suyo. Padres que no pagan extraescolares por fastidiar al ex. Un padre que no quiere pagar la mitad de los libros porque el año pasado no lo pago. Robar al ex es triste pero utilizar para ello a un hijo es miserable. Mejor roben en la calle. Mucho miserable suelto. Da igual el partido que gané las elecciones lo de su bajéza moral no tiene solución.
Maxmar, ya que saca aquí el tema de los derechos de mi hija, e hija también de Luz Rosquete, que entra al foro como "harta justicia", le comento que sí aporto a alimentos proporcional a los ingresos que tengo (cuando cobro 426€ pago cuando ingreso 0€ no puedo pagar y por ello tengo solicitado judicialmente resolver esa cuestión) sin embargo la madre, Luz Rosquete, acumula varias condenas por exigir dinero a cambio de visitas, y por incumplir visitas:
En estas tres extractos de tres sentencias se evidencia que los jueces valoran que el padre exija los derechos de la menor y condenan a la madre por vulnerar los derechos de la menor.
Sentencia que condena a la madre por coacciones:
HECHOS PROBADOS
ÚNICO.- Queda probado … que José Ramón Viesca Iglesias, ha mantenido en el espacio temporal que transcurre desde el 8 de noviembre de 2008 hasta el dos de enero de 2009, varias conversaciones telefónicas con la madre de su hija Luz Rosquete López y con su propia hija cuando estaba acompañada por su madre, en las que bien directamente o a través de su hija, le decía que no podría ver a la niña si a cambio no entregaba ciertas cantidades de dinero.
Sentencia que condena a la madre por incumplir visitas:
Hechos probados.
Unico.-
Segundo.- …En el caso de autos, no cabe duda del incumplimiento a que da lugar la actuación de la madre, quien usa a la niña como intermediaria para ocasionar que el padre no pueda disfrutar de la menor durante el periodo vacacional a que tenía derecho.
Por su parte, la madre manifiesta que no deja que la niña vea a su padre porque la menor no desea ver a su padre, asegurando que no influye en la niña.
Si bien lo bien cierto es que está usando de la niña para perjudicar al padre, y por supuesto, a su propia hija.
No cabe duda de que la madre está actuando de todo punto en contra del interés superior de la menor a que viene obligada….
Otra sentencia que condena a la madre por incumplir visitas:
Segundo.-…siendo que en las vacaciones de semana santa no se ha procedido a cumplir (el régimen de visitas) por la progenitora custodia, quien a pesar de tener conocimiento del mismo y de sus términos no se ha impuesto sobre la voluntad de la menor haciendo ésta lo que quiere.
Respecto a las manifestaciones de la madre relativas a que la menor no quiere ir a visitar al padre, éstas no son causa justificadora del comportamiento desarrollado por la Sra. Rosquete pues no se puede imponer la voluntad de una menor sobre las decisiones adoptadas por los por los progenitores en el marco de la guarda y custodia, y mucho menos sobre una decisión adoptada por una resolución judicial.
Volvosalvaro, si la pareja, machucambo a la sazón, o similares, de su ex o la progenie generada por su ex vive en su propiedad usted está en su perfecto derecho de no tragar. Otra cuestión es a nivel legal, aunque creo que tiene posibilidades de que sus reclamaciones, quejas, prosperen. Aunque, no me extrañaría en absoluto que los tribunales españoles, tal y como los conocemos, mentaran ese interés supremo del menor y vengan a otorgar el uso y disfrute de la vivienda a ese menor, que, aunque no sea suyo, a lo mejor es digno de la máxima protección, con cargo a su patrimonio, no me extrañaría nada. Aprenda a vivir en un país de sinvergüenzas o escape de él, así de claro, este país, junto a Irlanda, Portugal y Grecia están considerados como la escoria de la UE, con eso se lo digo todo.
Maxmar, sin comentarios, creo que me comprende, en caso contrario, no tendría ni para empezar para rebatir sus argumentaciones, cuando quiera y como quiera, las íes las puede poner usted, los puntos los puedo poner yo, que puedo despepitar mucho más de lo que se imagina.