Quisiera saber quien tenía la guardia y cura de mi hija de 7 años. Resulta que se iniciaba la actividad extraescolar de judo dentro del recinto escolar a las 17:30 horas y el director del centro paralizó la actividad por no tener el permiso del ayuntamiento . Entonces este dejó a los menores a cargo del monitor dentro del recinto escolar hasta que fueron los padres a recoger a los niños. He pedido explicaciones al centro y el director dice que actuó correctamente pero yo pienso que su obligación al ver que el monitor estaba dentro del centro irregularmente era quedarse con los niños. Agradecería una respuesta por parte de ustedes. Muchas gracias.
Hola Milunados,
Cada uno puede denunciar lo que le parezca una falta o un delito, en el caso que usted expone, en mi opinión, no hay actuación negligente por parte del director, este puede delegar el cuidado de los menores en quien le parezca conveniente, el que la acitividad no fuera aprobada por el Ayuntamiento, no implica que el monitor se encontrara ilegalmente en el Centro, ya que lógicamente contaba con el permiso del director.
La guarda de su hija la tienen los padres o el progenitor que la tenga atribuidas, en caso de separación o divorcio, cuando van al colegio o a actividades extra escolares, la guarda no se modifica, si bien los menores, en esas ocasiones son cuidados por otras personas distintas de los padres, profesores, cuidadores, etc.
El director la obligación que tiene es que los menores estén correctamente atendidos, no que el cuidado lo tenga que prestar el, personalmente.
Un saludo,
Buenas tardes liberté. Mire le he vuelto a copiar el primer párrafo escrito. Sólo y simplemente realizaba una pregunta en referencia a la custodia y guardia . Ni me interesa sus comentarios , opiniones ni mucho menos sus consejos. Y si que hay un problema aunque ustedes no lo aprecien. Dejación de funciones públicas del director por ser responsable del centro y de los menores. Art. 230(del abandono de família , menores o incapaces del C.Penal) Está confirmado y ahora ya lo sé. Muchas gracias por darme consejos, opiniones. Pero ninguno de ustedes me ha dado una respuesta. Gracias igualmente.
A ver, se supone que ese monitor estaba capacitado para cuidar y educar (en deporte no sólo se trabajan aspectos puramente deportivos, sino más ampliamente educativos).
Si no hubiera existido un problema administrativo el monitor habría estado ocupándose (guarda y cura, como usted dice) de los niños sin nigún tipo de dificultad ¿no?
Entonces, al darse un problema administrativo, ese educador inicialmente idóneo ¿ya deja de serlo?
A mi modesto entender, lo que faltaba era el permiso para ejercer la actividad. Eso no implica que el monitor no estuviera capacitado para ejercer la guarda y cura de un grupo de niños mientras sus padres acuden a recogerles. Probablemente él recibirá su salario (y si no se lo pagan tiene perfecto derecho a reclamarlo puesto que se ha presentado en la hora y lugar encomendado), por lo que estaba en horas laborales y él era el responsable de los niños.
Sigo diciendo que me parece que es correcto. Y, si el director lo dice, más todavía. No creo que nadie que esté en su sano juicio deje a unos niños desatendidos. Por lo que si los dejó al cuidado del monitor, actuó correctamente. Los dejó a cargo de una persona responsable aunque no se estuviera haciendo la actividad programada por falta de permisos administrativos.
Es mi opinión.
No sé si me he explicado bien. Y espero que mi expresión gramatical le parezca correcta.
He escrito a la vez que Katia, y en el mismo sentido que ella. Yo no me dedico a la abogacía, pero ella sí.
Me alegro de que pensemos igual.
La acusación de dejación de funciones públicas me parece, cuanto menos, arriesgada.
Sra. katia es que el monitor que pertecene a la asociación de judo no tenia permiso del director. El problema aquí es básicamente que los padres dejamos a los niños en judo pensando que la actividad pasaba por el AMPA. Y resultó ser que no y eso que los datos de los niños los habíamos dado al AMPA y no al judo. Al romper la relación entre el AMPA Y el judo la dirección tiene que dar el visto bueno para realizar la actividad y además tener el permiso del ayuntamiento. El director avisó a la asociación de que no empezasen la actividad sin el permiso y el judo empezó la actividad sin tenerlo. Mi duda básicamente es que fue el monitor de judo el que tuvo que insistir para que no se quedara en la calle con los niños. El director nos escribió una carta explicando el cese de la actividad y en ella nos manifiesta que por cortesia deja al monitory a los niños pues estos últimos son del cole. El director nos dice que ese día el monitor ni los niños podían estar en la clase por no estar autorizada. Y por gentileza deja a los niños dentro del recinto. Y que además hace un paralelismo entre el centro y su casa explicando que han entrado sin consentimiento en su casa . Que la asociación había engañado a los padres, AMPA y dirección. Claro, mi pregunta al director fue si esta gente es tan "mala" como deja a nuestros hijos con ella. Y él me responde que no podía hacerse cargo que tenía obligaciones familiares. Miren ya sé que para algunos puede ser una tontería, pero yo considero que no. Por ello lo quería saber. Pero ya tengo la respuesta y por ello les agradezo la atención. Además también me han informado que tal como están los escritos del director lo lógico (aunque no lo mejor en este caso) era denunciar al monitor por allanamiento de morada pues entra en un recinto público sin conentimiento previo. Es por ello que no puede dejar a los menores con él.
Buenas noches.
Cito art. 229 y 230 del Código Penal.
Artículo 229.
1. El abandono de un menor de edad o un incapaz por parte de la persona encargada de su guarda, será castigado con la pena de prisión de uno a dos años.
2. Si el abandono fuere realizado por los padres, tutores o guardadores legales, se impondrá la pena de prisión de dieciocho meses a tres años.
3. Se impondrá la pena de prisión de dos a cuatro años cuando por las circunstancias del abandono se haya puesto en concreto peligro la vida, salud, integridad física o libertad sexual del menor de edad o del incapaz, sin perjuicio de castigar el hecho como corresponda si constituyera otro delito más grave.
Artículo 230.
El abandono temporal de un menor de edad o de un incapaz será castigado, en sus respectivos casos, con las penas inferiores en grado a las previstas en el artículo anterior.
En MI opinión, nada que ver con el caso expuesto por Milunados en su consulta.
No sé. Quizás, debido a mi bajo nivel en comprensión lectora, no sea capaz de relacionar el caso con los artículos 229 y 230 del CP.
Un saludo.
Exacto para mi era un problema administrativo en su día. Pero cuando recibo la carta del director lo que nos explica es que la asociación ha actuado de mala fe y que inicia la actividad sin su autorización . Que por ello cesa la actividad. Nos explica eso que el se encontró al monitor y los niños dentro del pavellón y que no tenían que estar. Yo tengo plena confianza con el monitor de judo es una persona ideal pero para la dirección no. Por ello realizo la pregunta a la dirección de que si esta gente era tan mala por que dejan a los niños con ellos. En la actualidad yo llevo fuera del centro escolar a mi hija a la misma asociación de judo pues la versión de ellos es que era un puro trámite administrativo y además lo primero que hicieron fue pedir perdón por ello. En la localidad donde yo vivo la mayoría de centro realizan judo a través de dicha asociación.
Entonces, sus dudas están resueltas.
Si los Mossos dicen que, en el momento en que el director deja a los niños al cuidado del monitor de judo, se aplica el artículo 230 del CP, contrate los servicios de un abogado y denuncie al director.
Un saludo.
Buenas noches, Milunados.
Quizás, tenga Ud. razón.
Todavía no he conseguido entender lo que es "la guardia y cura".
A ver si alguien me puede iluminar.
Un saludo.
Liberté ya le dije que por favor no me diera consejos, si quiere opinar opine lo que quiera pero por Dios no me de consejos. La asesoraré no hace falta contratar a ningún abogado ni gastarme el dinero simplemente ir a la comisaría y presentar una denuncia. Cosa que no haré. Pero en principio sé que el director actuó mal con los niños . Y si tiene dudas sobre lo que es guardia y cura pues mire lo tiene muy fácil puede abrir otra página y quizás algún catalán se lo explique. Muchas gracias y que pase una buena noche.
Art. 231 El que, teniendo a su cargo la crianza o educación de un menor de edad o de un incapaz, lo entregare a un tercero o a un establecimiento público sin la anuencia de quien se lo hubiera confiado o de la autoridad en su defecto será castigado....
Art. 232.2 Si el culpable ostentare la guarda del menor por su condición de funcionario público se le impondrá además la pena de inhabiliación especial para empleo o cargo público por tiempo....
La guarda no es igual a la patria potestad o custodia de un menor.
De verdad y sin ánimo de molestar Milunados, no entiendo donde está el problema, o son ganas de polemizar, marear, crear problemas, es que si los niños estaban cuidados, atendidos en el Centro Escolar, donde está la negligencia?, yo desde luego no la veo, no quiero pensar que el monitor hubiese dado la clase sin permiso y que llegase a tus oidos, entonces no dudo de como actuarías,te digo y con todo el respeto que me meerecen tod@s l@s forer@s que con los problemas graves que hay en las familas, ejem: paro, desaucios, maltratos, niños deficientes, enfermos, etc considero que eso es buscar donde no hay.
Por cierto tú último punto del anterior escrito creo que tod@s l@s forer@s lo sabemos.
Espero no haber molestadao tú susceptivilidad.
Milunados. Deduzco que también soy otra que tiene falta de comprensión lectora, mis disculpas.
En mi opinión desde el momento que pones un post en el foro debes aceptar la opinión de otras personas, te agraden o no. Puede que algunas opiniones te ayuden en tus dudas o no, en cualquier caso nadie creo que tenga mala fe al responderte.
Respecto al AMPA. Algo se me escapa, no entiendo porque te piden los datos de tu hijo/a para la actividad de judo y luego afirman que ellos no tienen nada que ver con la actividad.
En cualquier caso, en la mayoría de los centros son las AMPAS las elaboran las actividades extraescolares y contratan a los monitores necesarios. Te lo digo con conocimiento de causa. Sí he participado en el AMPA milunados, muchos años. No se le pueden pedir responsabilidades a los directores de colegio por las actividades que son extra-escolares, es decir fuera del horario lectivo. Estas son responsabilidad de los padres.
Ahora bien, aunque en tu centro el AMPA no halla tenido nada que ver con la actividad de yudo, y efectivamente es así como dices, el director no abandonó a los críos, delegó en otra persona.
Estoy de acuerdo con todo lo que te han dicho otros foreros.
No me molesta ni mucho menos tu comentario. Fue el mismo monitor quien me entregó a la niña y quien me dijo que había pasado. Y también fue el monitor quien pidió disculpas a todos los padres pues no había permiso para realizar el judo. De hecho se cesó la actividad y por eso en la actualidad la actividad de judo no se hace en el cole. Mira me importa básicamente por que el director que sí que sabe que funciones tiene dentro de un centro docente mintió a los padres. Nos hizo creer que gracias a él , por cortesía , dejó a los niños dentro del cole. En el momento que el director se dio cuenta de que el monitor había iniciado la actividad sin su consentimiento los niños pasaban a ser su responsabilidad. Mira cada uno es responsable de sus hijos. Seguramente tu actuarías de otra manera y no lo critico. Yo simplemente quería saber quien era el responsable de los niños en aquel momento. Piensa que los del judo no cobraron nada de los 30 y pocos niños. Ya sé que hay cosas más importantes en la vida pero eso no quiere decir según mi parecer que restemos importancia a las pequeñas. Tu seguramente no le hubieras dado más importancia al tema. Yo si y quise enterarme. Creo, humildemente, de veras que si no hubiera sido por unos pocos que empezaron a quejarse, informarse, y saber como funcionaba el tema de los deshaucios ahora no habrían este tipo de plataformas por ejemplo. No quiero equiparar mi caso con los deshaucios , pero que mal hay en que una madre quiera saber si la dirección del centro de su colegio actúa correctamente. Crees que con una única pregunta en este foro he polemizado, mareado y he creado algún problema?? Tu no verás ningún tipo de negligencia , me parece bien. Yo lo encontraba raro y no era lógico según mi parecer el escrito del director que tacha a los del judo como de irresponsables , engañadores de familias...etc. En fin no has molestado mi susceptibilidad ni mucho menos por opinar del tema. Lo que sí me toca "la fibra" (a ver si me expreso correctamente y sin ofender) es que por que tu no lo consideres un problema me quieras hacer ver a mi que no hay problema. Fíjate yo simplemente preguntaba quien me podía decir quien tenia la guardia de mi hija. Era tan simple com o bien no contestar, o bien decir que no lo sé, o bien intentar opinar pues yo creo tal o yo creo pascuals. Ahora bien, el aconsejarme de quitar la niña del colegio, el tacharme de obsesiva con el tema, el tener que explicar repetidas veces que no había autorización de la dirección para que estuviera el monitor, el decir que me tengo que gastar el dinero y buscar un abogado. Eso de verdad, según mi parecer , simplemente sob ra por que no se está opinando. Me están diciendo que tengo que hacer cuando yo simplemente he realizado una simple pregunta. En fin, ya os digo a todos/as gracias y ha sido un placer. Gracias de veras.
Gracias Raquel 1 es que para mi es diferente opinar sobre el asunto que decir lo que tienes que hacer. A mi parecer a mi personalmente me sobra comentarios del tipo: pues cambia de cole a la niña, o bien estás obsesiva, ...etc. No le voy a dar más importancia. Sí a ver respecto al AMPA. En junio el AMPA nos dan los cuadrantes de las actividades extraescolares. Cuando hablamos de extraescolares resulta que pueden ser o bien en horario escolar o fuera de horario escolar. En setiembre a través del AMPA (pues yo apunto a mi hija a través del AMPA) salen los listado de los niños admitidos. Hasta aquí todo correcto. De lo que voy a explicar ahora los papas no teníamos ningún conocimiento hasta que recibimos un escrito del director. Pues resulta que el dia 30 de setiembre se inicia la actividad con el visto bueno de la dirección pero sin permiso del ayuntamiento (te recuerdo que con el AMPA no se necesita ningún permiso del ayuntamiento) y se realiza la presentación. El dia 7 de octubre , la asociacion de judo tal como consta en el escrito del director entra sin autorización dentro del centro y del pavellón y inicia la clase. Como el AMPA no nos comunicó nada los papas pensábamos que todo estaba funcionando como todos los años anteriores.Pues bien el director se da cuenta hacia las 17:30 horas aproximadamente , en horario escolar (el cual aquí en Cataluña acaba a las 18:00h) de que los niños están con unas personas que no tienen autorización para estar dentro del centro. En el cole de mi hija se suelen contractar empresas ajenas al centro y ellas dan las extraescolares. Si pasan a través del AMPA le da el visto bueno el consejo escolar. Si no es a través del AMPA el consentimiento es a través del director y del ayuntamiento. El AMPA no informó en su día a los padres de que la actividad no se realizaba a través de ella . Los padres ya nos quejamos en la última reunión de padres de este tema. Simplemente eso . ok, Gracias