Buenas tardes compañeros,
El motivo de mi consulta es referente a un problema familiar: mi clienta quiere iniciar un procedimiento de guarda y custodia contra el que hasta hoy era su pareja y padre de su hija menor. Ambos son españoles, pero desde hace 15 años, su residencia familiar se encuentra en Londres, donde trabajan ambos y nació la pequeña.
Entiendo que en este caso deberían realizar todos los trámites allí, ya que no se regirian por el derecho español...
Por otro lado, se plantea la posibilidad de no volver a Londres y quedarse en España con la pequeña. No se lo he aconsejado pero es cierto también que desconozco hasta qué punto esto sería inoportuno...
Espero que me podáis echar una mano...
Muchas gracias por adelantado.
Desconozco la ley británica pero en principio siendo esto trasposición de varios acuerdos internacionales, no podrá fijar la residencia de la menor en otro país sin el permiso del otro progenitor. Debe solicitar allí las medidas paternofiliales que corresponda según las leyes británicas, y solo podría traer al menor a España con permiso del otro progenitor o de un juez de allí.