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guarda legal

13 Comentarios
 
09/05/2011 15:24
Muchisimas gracias por todas las molestias y lo amables que habeis sido todos.
Andrés , especialmente a ti, que has estado al pie del cañón con mi solicitud de información.
No sé si serás abogado o asesor, pero ojalá todos fueran como tu de atentos.
:)
Eva
09/05/2011 14:33


Con este documento acude a la S.S. y les informas del error que has observado y, en todo, caso les diriges un escrito comentando esa incidencia a fin de que la corrijan. Creo que tu "lucha" ahora es en contra de la S.S., aunque también piendo que el asesor al introducir tu codigo en sus ordenadores puso el de reducción de jornada y no el de guarda, por lo que el mismo debería remitir un escrito reconociendo su error yy que se corrija. Abre los dos frentes. Por último, con ese escrito está tranquila pues la situación de maternidad esta reconocida por la propia empresa sin que el error en el código de cotización pueda desdecir la realidad del documento. Estás protegida ante el despido.
09/05/2011 11:07
Hola :
Gracias por todas vuestras recomendaciones.

Andrés queria comentarte que el escrito inicial yo lo tengo.
De hecho va firmado con fecha de registro del Servef de la Comunidad Valenciana de fecha 23/01/2007 y en el pone literalmente lo que más abajo te digo ( sin datos personales)

El escrito tiene fecha de 28 diciembre 2006 pero con sello Registro que os indico de 2007

Muy Sres mios:
Por la presente les comunico que la trabajadora ......... con dni..... que tiene un contrato suscrito con esta empresa de duración INDEFINIDA registrado en ésta oficina de empleo con fecha 08/08/2001 con nº .... a partir del dia 28/12/2006 tras haber solicitado la reduccion de jornada por guarda legal de un menor, pasará a realizar el siguiente horario de LUnes a Viernes 9:30 a 14 horas y de 16.17 h, correspondiendo a la misma un 68,75% de la jornada habitual que venia realizando. Lo cual se comunica a los efectos oportunos.....

Firman:

La empresa El trabajador


El escrito está sellado y firmado por la emrpesa , por mi y con sello de presentación en Seg social.

Es este el escrito que tu me dices que solicite??
Si lo tengo ya, que puedo hacer de nuevo, uno en el que tb firmemos ambos ( empresa y trabajador?)

Yo no sé que hacer porque me siento totalmente estafada en éste sentido. Y también me extraña que la seg social no quiera arreglarlo
El asesor siempre me ha parecido una persona muy correcta pero ahora no sé que pensar...

Me gustaria pensar que habria alguna solución antes de pasar por la inspeccion laboral, pero si no tengo más remedio...
Lo que dice Archilla, ya sería el último recurso pero es que no quiero perder lo que en teoria me corresponderia de periodo de cotización.
Por otro lado Ever comenta lo de ir a un abogado, que también seria otra opción pero es que me da no sé que meterme en pleitos con la empresa, aquí parece al menos en apariencia" que los que no han querido corregir han sido los de la seg. social.
Aunque de momento mi primera actuación ha sido preguntar en el foro, un asesoramiento previo.

Gracias y saludos
Eva
08/05/2011 23:27
Archilla:
¿No ves que si hace lo que dices se le quedará el periodo en que cotizó a tiempo parcial, en iguales terminos?. La solictante lo que quiere que se cotize ese periodo erroneo como guarda legal con los derechos que el corresponden Imaginate su situación de desempleo, la percibirìa a tiempo parcial y no completo como le correspondería de cotizar por guarda legal
08/05/2011 22:22
como ya se ha escrito mas arriba mi consejo es que segun el art. 37.6 solicites la reincorporacion con 15 dias de antelacion y inmediatamente vuelvas a pedir una nueva reduccion dejando bien clarito en el documento la reduccion de jornada y que es para guarda legal, pones lso datos del menor y la fecha de su nacimiento de esa manera quedas mas protegida
08/05/2011 22:01
Evancarla:

Tienes razón en cuanto al desempleo.

No creo que se te puedan dar mas consejos como el que te indiqué,.Mira de accder a tu expediente en la SS y obtener copia del escrito que en su día presentó el asesor. Ten en cuenta que al reducción de jornada necesita de la autorización expresa del trabajador, cosa que no se da en tu caso. Consigas o no ese documento y si no quieres ver al asesor acude a la Inspección de Trabajo y denuncia la situación. De acptalor la empresa o así deducirlo la Inspección,corregiran de oficio la situación y levantarán el acta de liquidación por las diferencias existentes. Mas soluciones no conozco
08/05/2011 19:52
Evancarla tiene dificil solución su problema, y desde luego trasciende de las posiblidades del foro, le recomiendo que consulte con un abogado o grauduado social, lo cierto es que la situación que usted describe es un "error" (por supuesto interesado) bastante frecuente y que tiene como objetivo que la trabajadora no se beneficie de la especial protección contra el despido que tiene la situación de guarda legal. Su causa pasa totalmente por poder demostrar que usted solicitó expresa e indubitativamente la reducción por guarda legal, figura contemplada en el artículo 37.5 del LET y que por tanto fue el asesor quien tramitó incorrectamente la modificación, y, al contrario que el compañero Andrés, yo si que pienso mal.
08/05/2011 11:33
Hola de nuevo

he estado buscando por la red y no termino de aclararme.
Al parecer si es verdad que si me despiden a efectos de cobrar paro , con la reduccion de jornada por guarda legal es como si hubieras trabajado la jornada ordinaria de 8 horas.
Esto es asi, o solo durante los dos o tres primeros años?
Es que en los tiempos que corren si me echaran, el paro que me quedaria seria muy poco, y con lo que me han hecho me veria doblemente afectada, con indefensión ante un posible despido y encima lo del paro.
PUede alguien confirmarmelo. -Alguna solución más aparte de la que me han dado?
Gracias
07/05/2011 11:29
Hola Andrés:
el fallo si sabemos donde está. Al parecer en 2006, la ley marcaba que como mínimo habia que pedir 1/3 de reducción de jornada y a mi por h o por b me pusieron un 68,75%. Yo desconocia que tuviera que ser forzosamente un tercio lo minimo , al parecer luego tres meses despues con la regulación del 2007 como sabes esto cambió y lo minimo era 1/8.
Asi que aunque en el papel pusiera reducción jornada por guarda legal, realmente no lo era porque el porcentaje era del 68,75%.
Ahora al querer subsanarlo dicen que no.
De todas formas voy a tratar de ver el tema tb en la seg social a ver que me comentan ellos.
La posibilidad que me da el asesor es volver a hacer un alta de nuevo con jornada de 8 horas ( ficiticio en la realidad, ya que yo seguiria trabajando menos horas ,) y luego a los dos meses pedir reducción jornada por guarda legal ya que mi cria aun tiene 4 años.
Pero me da a mi que eso no va a ser lo más práctico.
Gracias mil
07/05/2011 10:40
Creo que la línea que te marco es la mas adecuada. No tengas miedo del asesor o posibles actuaciones de la empresa porque no tienen que actuar sabiendo, además, que un error en el código de cotización, no afecta a tu reducción de jornada por cuidado de hijo. Se me ocurre la idea de que acudas tu personalmente a la S.S. interesándote por tu situación y conocer el escrito que en su momento se presentó comunicando tu reducción de jornada. Seguro que ellos lo tienen. Te llevará tiempo pero conocerás entonces donde pudiera estar el "fallo".
07/05/2011 10:20
Efectivamente ese segundo escrito no me lo ha mostrado.
El me comentó en principio, por telefono que no habría ningun problema si en el escrito inicial ponia que se trataba de guarda legal , que se podria subsanar y luego al mes, al ver mi nómina y seguir viendo el codigo 200, lo llamé yo, porque el ni me avisó y me dijo que lo habia intentado pero no le habian dejado hacerlo.
No sé si aparte yo puedo informarme en algun sitio oficial de todo ésto, sin tener que pasar por él otra vez, porque al fin y al cabo es el asesor de la empresa y tb han actuado como sus abogados en los ultimos juicios de despido que ha tenido la empresa.
Es todo como muy mosqueante.
Gracias
06/05/2011 22:02
En principio la responsabilidad radica integramente en el asesor ¿como es posible que pierda así los papeles? No quiera pensar mal pero pienso que se equivoco en su primer escrito al comunicar la reducción de jornada. Que te enseñe tu expediente y que te enseñe también ese segundo escrito que dice haber presentado.

La solución pasa por un escrito firmado conjuntamente por tu empresa, asesor y tú, explicando la situación a ver si con ello cambian tu código.

El hacerlo de esta manera tambíen te permitirá tener una copia del escrito presentado que reconocerá que tu reducción de jornada lo fue por maternidad y esa situación quedará asi reconocida y protegida ante posibles despidos.
06/05/2011 18:17
Hola:
alguien ha cambiado el titulo del tema que puse.
Imagino que habrán sido los administradores pero no entiendo el porqué ya que no era peyorativo ni despectivo, a decir verdad no recuerdo bien el que puse pero algo asi como Que puedo hacer? o Alguien sabria como actuar?
Guarda legal
06/05/2011 17:01
Hola a todos:

Tengo una reducción de jornada por guarda legal de un menor desde el 28/12/2006.
El asesor de mi empresa me pasó un escrito para que lo firmara trás haber hecho yo mi solicitud de reducción de jornada. Dicho escrito ya sellado con fecha registro 23 enero 2007 por el Servef de Valencia. En el mismo dice literalmente que la trabajadora, o sea yo, solicita reduccion de jornada por guarda legal de un menor y pasa a ser su horario de tal hora a tal hora, correspondiendo a la misma un 68,75% de la jornada habitual que venia ejerciendo.

Dicho ésto, resulta que a fecha 2011, me entero de casualidad que en mi contrato pone codigo 200 en lugar de 100, como venia siendo. Yo no entiendo de estas cosas pero me las dijo un amigo al ver la nómina y me comentó que lo comunicara al asesor.

Lo comunico y el asesor me pide el papel firmado por mi y por la empresa el cual os he relatado someramente más arriba, porque al parecer lo habia perdido.
Pues resulta que aunque en el mencionado documento pone que la reduccion es por guarda legal, ahora resulta que no lo es, que es simplemente una reducción a tiempo parcial porque en la citada fecha para ser reducción jornada por guarda legal tenia que ser como mínimo un 70% y la mia dice textualmente un 68,75%. Tres meses después cambia la ley y se puede hacer hasta de 1/8 pero no puedo aplicarlo con efecto retroactivo.
El asesor ha sido consciente de su error en el 2006, pero dice que ha intentado hacer un escrito de subsanación y no se lo han reconocido.

El caso es que ahora me veo en situación de indefensión, sin ser culpa mia sino del asesor o de quien redactó el escrito en su momento y presento a la seg social. Alli en la seg social tampoco nadie advirtió el error .
Ya no me encuentro protegida ante un posible despido ( antes seria un despido nulo) y por otro lado tb me he enterado que a efectos de despido y cobro de paro y tb de cotización en seg social , jubilación etc... tampoco puedo obtener las prerrogativas que se tienen por reducción de jornada por guarda legal de menor , que según creo es que te cotizan al 100% y cobras como si hubieras trabajado al 100% de tu jornada .

El asesor me ha dicho que ésto ultimo es asi solo durante los tres primeros años y yo ya llevo cuatro y medio con la reducción.

Me pierdo un poco en todo ésto y no sé que hacer porque ahora la empresa está malamente incluso ha despedido a personas.

Por favor, alguien con conocimientos o ideas podria indicarme alguna solucion alternativa.

El asesor consciente de su error me ha dado la solución de hablar con la empresa para que a nivel interno me vuelva a dar mi jornada ordinaria inicial de 8 horas ( aunque luego no sea asi y siga con la reducción y horario habitual de 5,30 diarias) pero que le pague a la empresa los gastos de seg social que eso le acarre.

Yo no lo veo una solución fiable, ni práctica y menos en los tiempos que corren.

Es que ahora la empresa la veo con poder para poder despedirme ( si les da la gana, no por disciplinario ni nada y encima en el paro me pagarian no como si de 8 horas de jornada tuviera sino de la que realmente trabajo, y creo que ésto no es asi para casos de reducción por guarda legal)

Ojalá me podais guiar un poco en todo este maremagnum.
Es posible que haya alguna solución. Como es posible que ante el fallo del asesor tenga yo que pagar las consecuencias y no se pueda solucionar???

Gracias anticipadas
Saludos